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Amparo  a Borge, ¿un paso a la calle?


                                               Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
         Tema obligado de comentario del día es el Amparo que un juez de Distrito otorgó ayer al ex gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge, con lo que dejó sin efecto la vinculación a proceso que se dictó en su contra hace cerca de 11 meses como probable responsable del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, mejor conocido como “lavado” de dinero”.
         En efecto, el Consejo de la Judicatura Federal informó en comunicado que el juez le concedió un Amparo al ex mandatario del PRI, con lo que ordenó al juez de control José Artemio Zúñiga, del Centro de Justicia Penal Federal de Nezahualcóyotl, Estado de México, dictar un nuevo auto de vinculación que funde y motive de manera correcta y suficiente la participación de aquél en los delitos que se le atribuyen.
         Así las cosas, el cozumeleño, que junto con su paisano, correligionario y homólogo Félix González sobreendeudaron sospechosamente al Estado       en sexenios consecutivos, enfrentará una nueva audiencia, tras quedar sin efecto el auto vinculación que se le dictó el 5 de enero último, poco después de haber sido extraditado de Panamá.
Entre otros, Borge es acusado por la PGR por enajenar y adquirir de manera ilícita 22 predios que eran parte del patrimonio del gobierno estatal, ubicados en zonas privilegiadas de la región turística de Quintana Roo, los cuales vendió a precios irrisorios a personas cercanas y familiares, entre ellas su propia progenitora.
No obstante, el Amparo sólo deja sin efecto su vinculación a proceso respecto al delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, por lo que no obtendrá su libertad, al menos no por el momento, ya que pesan en su contra otras tres órdenes de aprehensión pendientes por aprovechamiento ilícito del poder, desempeño irregular de la función pública y peculado.
Otro efecto del Amparo es que el juez José Artemio Zúñiga deberá valorar nuevamente si Borge debe o no continuar sujeto a proceso por el “lavado” de dinero, por lo que deberá definirse en la siguiente -no se precisa la fecha-, ya que en enero, según el amparista, se le habría procesado con un fallo que “no cumple con la motivación y fundamentación adecuada”.
Conforme la sentencia, el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal de Nezahualcóyotl, en funciones de juez de Control, vinculó a proceso a Borge por su probable participación en operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la modalidad de ocultar o pretender ocultar bienes dentro del territorio nacional, con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita, previsto y sancionado en el artículo 400 bis, fracción II, del Código Penal Federal.
Sin embargo, el Amparo dice que la vinculación a proceso “no satisface la debida fundamentación y motivación que exige el artículo 16 constitucional”, aunque, hasta hoy, el “lavado” es el único proceso federal iniciado contra Borge, contra quien pesan las tres órdenes de aprehensión pendientes señaladas.
         Para ilustrar en torno al “lavado”, la última reforma al Código Penal Federal, publicada en marzo de 2014, el artículo 400 Bis del Capítulo II, respecto a “Operaciones con recursos de procedencia ilícita, señala que se impondrá de 5 a 15 años de prisión y de mil a 5 mil días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:
Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o bien oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.
Para ese efecto se entiende que son producto de actividad ilícita los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.
En caso de conductas previstas en ese capítulo, en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero, para proceder penalmente se requerirá denuncia previa de la Secretaría de Hacienda, y cuando ésta, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentre elementos que permitan presumir la comisión de alguno de los delitos, deberá ejercer las facultades de comprobación que le confieren las leyes y denunciar los hechos que probablemente sean ilícitos.
¿En qué se basó el juez federal para concluir que la decisión de José Artemio Zúñiga “no cumple con la motivación y fundamentación adecuada”? Sólo lo saben los que habrán tenido acceso al expediente, aunque, dadas las especiales circunstancias que rodean al “tema Borge”, similares al de su entonces homólogo veracruzano Javier Duarte, tanto el trabajo de la PGR y ahora de los jueces federales “huele a podrido”.
Asimismo, obligan a remitirnos a una añeja plática de café con desaparecido abogado, cuyo nombre nos reservamos por respeto, aunque se había desempeñado en el Ministerio Público Federal y refería que para hacerse de dinero en el cargo era sencillo “cumplir” con el trabajo sin ser sospechoso de corrupción.
Simple y sencillamente se elabora el expediente con una serie de “lagunas” y otras anomalías, tales que, confesaba, permiten a la defensa del acusado acudir exitosamente al Amparo para obtener su libertad. Algo así como el típico “yo hago como que te pego, y tú, como que te caes” ¿Éste habrá sido el caso de Borge…y de Duarte? ¡Muy difícil creer lo contrario con tanta evidencia!
Para nadie son secretas las complicidades entre los poderes Judicial y Ejecutivo,  y más aun en el ámbito federal, donde no podemos olvidar que, quiérase o no, el priísta Peña Nieto sigue siendo presidente de la República hasta fines de noviembre, y lo que le sobran son “facturas” pendientes de pago, sobre todo en favor de quienes costearon su campaña presidencial con muchos millones de pesos, entre ellos Borge y Duarte.
Y no se diga del papel  de la desacreditada SCJN, cuyos magistrados no son precisamente hermanas de la caridad, además de no pecar precisamente por acción, sino también por omisión.
Irónicamente,  la única esperanza de justicia, por llamarla de algún modo, se llama Fiscalía General de Quintana Roo, donde esperamos que, con los cerca de dos años al frente, su ex titular Miguel Ángel Pech Cen, haya integrado adecuadamente el expediente contra Borge, aunque ya hablaremos sobre el particular,
  
(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 41 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres presidentes municipales y publicar cuatro libros.
Titulado en la Universidad Autónoma de Yucatán como Licenciado en Derecho, cuenta con cuatro Diplomados en Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, y en Juicio de Amparo, así como con más de 15 Seminarios, Talleres y Cursos diversos. 

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