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¡“Lecturas” sobre solicitudes de extradición!

                                                                                 Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*

La reciente solicitud de extradición del Departamento de Justicia de Estados Unidos contra 10 funcionarios de Sinaloa, incluido el gobernador Rubén Rocha Moya, quien recién solicitó licencia al cargo, es políticamente un punto de máxima tensión y crisis diplomática entre los gobiernos de Claudia Sheinbaum y Donald Trump.

Sin embargo, el tema da lugar a una serie de “lecturas” políticas, la principal de ellas una percepción de intervencionismo y ataque político, tal y como sugiere la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, en el sentido de que las acusaciones podrían tener un trasfondo político de no presentarse pruebas contundentes, como, por sentido común, en cualquier parte del mundo.

En este sentido, en su postura oficial, el gobierno mexicano describe la solicitud como un intento de intervención en las decisiones internas de México, aunque, como defensa partidista, al ser los implicados miembros de Morena, el partido gobernante, su partido, figuras políticas califican el encauzamiento como un ataque directo a esa fuerza política.

Analistas políticos y especialistas consideran que esta medida es una herramienta de presión política de EE.UU. hacia el nuevo gobierno mexicano, pues la solicitud surge en un marco donde ese país exige acciones más severas contra los cárteles, específicamente el Cártel de Sinaloa, designado por ellos como organización terrorista, bajo amenazas de aranceles o acciones militares.

Así, el Departamento de Justicia afirma que este proceso, supuestamente, envía un mensaje a funcionarios de todo el mundo sobre las consecuencias de colaborar con el narcotráfico.

Como desafío a la soberanía de México y el debido proceso, el gobierno de nuestro país ha respondido condicionando cualquier avance legal al respeto de la soberanía nacional y la presentación de evidencias.

Sobre este último caso, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Fiscalía General de la República señalaron que los documentos enviados por la Embajada estadounidense carecen de pruebas suficientes y elementos probatorios directos para sustentar las detenciones.

Respecto a la vulneración de confidencialidad, justamente, México emitió un extrañamiento diplomático por la difusión pública del caso por parte de autoridades estadounidenses, lo que consideran que viola normas procesales y la Convención de Viena.

El caso puso “en jaque” la estabilidad política de Sinaloa, toda vez que, mientras que el gobernador Rocha Moya y algunos legisladores cuentan con fuero -requiriendo un juicio de procedencia para ser procesados-, otros funcionarios locales, como alcaldes, podrían ser capturados en cualquier momento según el Tratado de Extradición.

Respecto a una crisis de confianza, las acusaciones de protección institucional a grupos criminales a cambio de sobornos y respaldo político erosionan la legitimidad de las actuales autoridades de Sinaloa.

La pregunta obligada sería ¿Es indispensable presentar esas pruebas contundentes? Desde luego que sí. En el marco legal mexicano, y de acuerdo con el tratado bilateral, es jurídicamente indispensable presentar pruebas suficientes para que proceda una extradición.

De acuerdo con la Fiscalía General de la República , el proceso actual enfrenta una serie de requisitos y obstáculos legales, uno de ellos la suficiencia probatoria, ya que el Tratado de Extradición México-EE.UU. establece que la extradición solo se concederá si las pruebas presentadas son suficientes conforme a las leyes del país requerido, en este caso México.

En torno al estándar de orden de aprehensión, para que un juez mexicano emita una orden de detención con fines de extradición, la ley, en todo momento, exige “datos de prueba” que infieran la probabilidad de que la persona cometió el delito.

Sobre la actual situación, la FGR señala que la solicitud enviada por la Embajada de EE.UU. carece de elementos probatorios suficientes y no aporta evidencias contundentes sobre los hechos narrados contra los funcionarios de Sinaloa.

Aun más, de acuerdo con el tratado de extradición, resulta importante distinguir dos momentos procesales: La detención provisional -urgencia-, que puede solicitarse sin el paquete completo de pruebas, basándose en la existencia de una orden de arresto en el país de origen y la promesa de presentar posteriormente la petición formal.

El otro momento procesal es la petición formal de extradición, cuando, una vez detenida la persona, el país solicitante tiene un plazo -generalmente de 60 días- para presentar toda la evidencia y documentos que sustenten legalmente el caso.

Sin la presentación de estas pruebas en plazos y estándares legales, el sistema judicial mexicano no puede autorizar la entrega de los señalados, independientemente del peso político de la solicitud.

Acostumbrados a que todo mundo obedezca sus órdenes, el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes de EE.UU. advirtió que “esto es sólo el comienzo”, tras la acusación contra Rocha Moya por presuntos vínculos con el narcotráfico y aseguró que los días de impunidad “han terminado” y que quienes trafiquen drogas hacia ese país “rendirán cuentas”.

La declaración surge tras que sus autoridades presentaran cargos contra 10 funcionarios mexicanos, a los que señalan por presuntamente colaborar con el Cártel de Sinaloa en el tráfico de drogas hacia Estados Unidos, aunque también los acusan por delitos relacionados con uso de armas.

Según la acusación, los implicados habrían colaborado por años con el Cártel de Sinaloa para introducir drogas como fentanilo, cocaína, heroína y metanfetamina a Estados Unidos, a cambio de sobornos, protección y apoyo político.

Entre los señalados figuran funcionarios de seguridad y procuración de justicia, que habrían filtrado información, evitaron operativos y facilitaron el traslado de droga, por lo que la investigación también apunta a presuntos vínculos con la facción de “Los Chapitos”, integrada por los hijos de Joaquín “El Chapo” Guzmán.

Rocha Moya habría sido beneficiado electoralmente por este grupo a cambio de permitir sus operaciones sin interferencia, mientras otros implicados habrían recibido pagos para proteger al cártel y evitar detenciones.

Entre los nombres incluidos figuran: Enrique Inzunza Cázares, senador de Morena y ex secretario general de Sinaloa; Enrique Díaz Vega, ex secretario de Administración y Finanzas; Dámaso Castro Saavedra, vicefiscal de la Fiscalía General; Marco Antonio Almanza Avilés, ex jefe de la Policía de Investigación de la Fiscalía; Alberto Jorge Contreras Núñez (a) “Cholo”, ex jefe de la Policía de Investigación de la Fiscalía; Gerardo Mérida Sánchez, ex secretario de Seguridad Pública; José Antonio Dionisio Hipólito (a) “Tornado”, ex subdirector de la Policía Estatal; Juan de Dios Gámez Mendívil, alcalde de Culiacán; y Juan Valenzuela Millán (a) “Juanito”, ex comandante de alto nivel de la Policía Municipal de Culiacán

El caso continúa en desarrollo mientras autoridades de ambos países revisan las acusaciones y sus implicaciones legales.

Ahora bien, curiosa y sospechosamente, la solicitud de extradición de los funcionarios “coincide” precisamente con lo que se ha convertido en escándalo: La posibilidad de que la gobernadora panista de Chihuahua, Maru Campos Galván sea juzgada por una serie de denuncias del gobierno de México por permitir en “su” Estado el ilegal ingreso de agentes de la DEA de Estados Unidos, que fallecieron en un accidente de tránsito.

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

 

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 49 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.

Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019, 2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias. 

Información completa sobre el currículum vitae, en este link:

https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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