¿Otra violación a Ley General de Responsabilidades?
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
En presunta nueva violación a las leyes, la gobernadora Verde, Mara Lezama, tiene como Consejero
Jurídico del Poder Ejecutivo a Carlos Felipe Fuentes del Río, pese a violar la
Ley General de Responsabilidades Administrativas en conflicto de interés, ya
que el padre de éste, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, es magistrado de la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Los
señalamientos públicos y legales contra Fuentes del Río son, entre otros, por
el tema de Aguakan (2023), objeto de controversia cuando se impugnó y recusó a su padre en el Tribunal, donde le
había correspondido resolver un juicio vinculado al cumplimiento de la consulta
popular contra la concesionaria de agua, un tema de alto interés para el
gobierno de Mara Lezama.
Asimismo,
en las elecciones del Poder Judicial de 2026 volvió a causar polémica porque su
padre debió ser explícitamente excluido de la resolución de un recurso en el Tribunal
sobre la impresión de boletas electorales para el Poder Judicial de Quintana
Roo, pues Fuentes del Río, en calidad de Consejero Jurídico de Mara Lezama,
figuraba como parte interesada directa en el juicio.
Pese
a estas recusaciones institucionales orientadas a evitar un sesgo procesal, el
funcionario se mantiene activo en la administración
pública de Quintana Roo, coordinando la defensa jurídica del
Estado en otros temas de relevancia, como los litigios de límites territoriales
frente a entidades vecinas.
Irónicamente,
el nombre de Fuentes del Río salió nuevamente a relucir con la reciente
publicación del llamado Estándar de Competencia EC1816 “Elaboración práctica de
iniciativas de ley”, que aplica a nivel nacional e impulsó y desarrolló el
Comité de Gestión por Competencias de Alta Especialización en Competencias
Jurídicas, bajo validación del Consejo Nacional de Normalización y
Certificación de Competencias Laborales.
El
caso es que Fuentes del Río habría jugado un papel crucial como principal
impulsor institucional y operativo tras la creación del ecosistema normativo
donde nació Estándar, ya que encabezó instalación y trabajos del Comité, órgano
técnico que coordinó a expertos del país para redactar y estructurar el
estándar de competencia ante el Consejo.
Bajo
su gestión, la Consejería Jurídica de Quintana Roo se convirtió en primera de
todo México en acreditarse oficialmente como entidad de Evaluación y
Certificación ante el sistema SEP-Consejo, que facultó a la institución a
evaluar y emitir certificados oficiales con validez nacional.
Pionero
en la profesionalización jurídica regional, el funcionario diseñó la estrategia
para elevar el rigor técnico del servicio público, con objeto de asegurar que
funcionarios encargados de redactar leyes, reglamentos y decretos cuenten con
capacidades estandarizadas y comprobables, para evitar errores jurídicos o “lagunas”
constitucionales desde su origen.
Gracias
a su iniciativa, Quintana Roo se consolidó como referente y modelo nacional en
la certificación de competencias jurídicas especializadas en la administración
pública en México, pues, Estándar de Competencia es válido y aplicable en todo México,
específicamente como referente en Cámaras de Diputados y Senadores, así como
Congresos de los Estados.
También
es aplicable en asesoría parlamentaria, administración pública, consultoría y
ONGs y en Educación, en instituciones que diseñan programas de formación en
derecho parlamentario o técnicas de redacción legislativa.
El
Estándar lo aprobó en mayo de 2026 el Comité Técnico del Consejo y se publicó
en el Diario Oficial de la Federación con impulso directo de Comité de Gestión
por Competencias de Alta Especialización en Competencias Jurídicas, grupo
sectorial de expertos encargado de redactar el documento técnico y fijar
parámetros reales de evaluación.
La
SEP y el Consejo coordinan el Sistema Nacional de Competencias (SNC) para
profesionalizar y certificar las destrezas de los trabajadores mexicanos sin
requerir estrictamente título escolar para avalar ese saber hacer específico.
Su
propósito principal es ser referente nacional para evaluar y certificar a las
personas que redactan iniciativas de ley con estricto fundamento técnico y sus
objetivos se dividen en pilares de desempeño profesional para garantizar el
sustento técnico y legal; atender realidades sociales y viabilidad, profesionalizar
la redacción legislativa e impulsar la formación académica
El
Estado presentaba una urgencia profunda por actualizar y armonizar su marco
normativo para adecuarlo a las realidades nacionales, claro ejemplo el inicio
de la vigencia gradual del Código Nacional de Procedimientos Civiles y
Familiares, una de las transiciones procesales más complejas en su historia,
pero se aseguraría que los encargados de redactar reformas tengan la destreza
técnica para evitar contradicciones legales durante este acoplamiento.
Quintana
Roo es epicentro de proyectos de gran impacto económico y social, como el Tren Maya, Puente Nichupté y Distrito Financiero y
Tecnológico de Cancún, y desarrollar iniciativas de ley o decretos estatales
mal redactados puede derivar en amparos masivos, suspensiones de obras o
pérdidas millonarias. El Estándar es vital para garantizar que cualquier ley de
desarrollo urbano, fiscal o ambiental cuente un sustento técnico infalible
desde su origen.
En
esta administración se impulsó el Nuevo Acuerdo por el Bienestar y Desarrollo,
pero para beneficios reales -programas sociales o incentivos fiscales-, se
requiere la creación constante de reglamentos y leyes secundarias. Capacitar y
certificar de forma estricta a los funcionarios garantiza “justicia social con
certeza jurídica”, evitando que políticas públicas caigan en tribunales por
fallas de redacción legislativa.
Al
liderar esta iniciativa, Quintana Roo no sólo cubrió una deficiencia técnica
interna, sino que pasó de vacío institucional a convertirse en el referente y
evaluador nacional en la materia.
Para
fortuna de Mara Lezama, el Estándar no se diseñó con la intención política de
limitar o arrebatar su facultad legislativa, toda vez que su objetivo real es
estrictamente técnico y busca lo contrario: Democratizar y elevar la calidad de
la redacción de leyes en todos los sectores.
Sin
embargo, será con fundamentos institucionales, uno de ellos fortalecer el
equilibrio de Poderes (colegislación), pues Ejecutivo y Legislativo, al menos
EN TEORÍA, comparten la facultad de iniciar leyes, y al estandarizar requisitos
técnicos -como la correcta exposición de motivos o la evaluación de impacto
presupuestal-, se busca que diputados, asesores y ciudadanos que presenten
iniciativas cuenten con el mismo rigor técnico que especialistas de una
Consejería, lo que evita que propuestas legítimas desechadas por simples
errores de forma o técnica legislativa.
Al
ser la Consejería Jurídica de Quintana Roo primera facultada para evaluar el Estándar,
el primer obligado a cumplirlo es el propio equipo de Mara Lezama. El objetivo
de Fuentes del Río, creemos, fue autolimitar calidad, asegurar que ningún
decreto, reglamento o propuesta de ley emanada del Ejecutivo tenga lagunas
legales que puedan ser tumbadas por juicios de amparo.
En
un “no debate político”, Estándar no tiene “color partidista” ni ideología de
una ley; evalúa su viabilidad constitucional y técnica. Su meta es garantizar
que cuando el Congreso discuta una propuesta -venga del partido que sea-, el
debate sea sobre el fondo social del problema y no perder tiempo en corrección
de errores de ortografía jurídica, contradicciones federales o invasión de
competencias.
Las
dependencias más beneficiadas con la aplicación del Estándar de Competencia en
Quintana Roo serán las que concentran facultad reglamentaria, defensa jurídica
y diseño de las políticas públicas del Estado, entre ellas la propia Consejería
Jurídica.
Su
Dirección de Estudios Legislativos y Mejora Regulatoria, será la beneficiaria
directa: Personal técnico redacta decretos, acuerdos y reglamentos de Mara
Lezama bajo un estándar técnico unificado que reduce tiempos de revisión y
errores normativos, mientras abogados del Departamento de Análisis y de Opinión
Jurídica evalúan la viabilidad legal de propuestas externas con criterios
nacionales estrictos, blindando decisiones del Ejecutivo contra controversias
constitucionales.
Otra
beneficiada es la Secretaría de Finanzas, en cuya Dirección de Asuntos
Jurídicos, toda iniciativa de ley requiere medir impacto presupuestal. La
certificación capacita a sus cuadros para redactar adecuadamente leyes de
ingresos, presupuesto de egresos y reformas fiscales anuales sin invadir
competencias federales.
Por
su parte, en Áreas de Normatividad Ambiental de la Secretaría de Ecología y
Medio Ambiente, ante el impacto del Tren Maya y los desarrollos turísticos en
la región, la dependencia se beneficia al estructurar reglamentos locales y
decretos de áreas naturales protegidas que sean legalmente sólidos frente a las
olas de amparos ambientales.
En
la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable, en sus Unidades
Jurídicas de Suelo y Vivienda, será vital para crear iniciativas relacionadas
con tenencia de la tierra, regularización de predios y planes de desarrollo
urbano en municipios de alta plusvalía como Benito Juárez y Playa del Carmen.
Finalmente,
se beneficiará el Congreso del Estado en la Dirección de Análisis Jurídico
Legislativo que, aunque pertenece al Poder Legislativo, sus asesores de
comisiones se benefician directamente del estándar al unificar criterios de
técnica legislativa, pues los dictámenes de comisiones parlamentarias se aprobarían
con mayor agilidad.
En
resumen, el Estándar de Competencia marca un precedente para el fortalecimiento
de la función legislativa en México. Establece, por primera vez, un referente
nacional para evaluar y certificar competencias de los que participan en
elaboración de iniciativas de ley, contribuyendo a elevar la calidad técnica de
la producción normativa y la profesionalización del servicio público.
Ahora bien, respecto a Fuentes del Río y el conflicto de interés frente a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para proceder contra un servidor público de Quintana Roo por una actuación de esa naturaleza, el marco legal aplicable lo cataloga como falta administrativa grave, meritorio de un proceso legal, sanciones y figuras facultadas para promoverlo.
En
este sentido, si después de una investigación se demuestra que el funcionario
intervino activamente en asuntos oficiales para beneficiar o influir en
resoluciones ligadas a sus intereses familiares, el caso se turna al Tribunal
de Justicia Administrativa, cuyas sanciones legales aplicables contemplan suspensión
de empleo, cargo o comisión por entre 30 a 90 días naturales.
Otra
sanción sería destitución, separación definitiva de su cargo actual como
Consejero Jurídico; multas que pueden alcanzar hasta el doble del beneficio o
lucro obtenido (si existió), o inhabilitación temporal, prohibición para
trabajar en el servicio público local o federal desde 3 meses hasta por 20
años, dependiendo de la gravedad e impacto económico del caso.
¿Quién
lo puede promover? La legislación mexicana permite activar este procedimiento
por distintas vías institucionales y ciudadanas, entre ellas cualquier persona
(denuncia anónima o pública) que tenga conocimiento del presunto conflicto de
interés puede interponer una denuncia formal aportando pruebas.
Otra
más, la menos confiable, es la Secretaría de la Contraloría del Estado, hoy Secretaría
“Anticorrupción” y Buen Gobierno desde febrero de 2025, como órgano de control
del Poder Ejecutivo, tiene la facultad de iniciar una investigación de oficio o
derivado de auditorías internas, así como el Órgano Interno de Control, contraloría
interna de la propia Consejería Jurídica o dependencias afectadas, obligadas a
tramitar las quejas iniciales y calificar la falta.
Por
último, figuran los partidos políticos o actores jurídicos afectados, en casos
específicos -como el de las boletas electorales o el de Aguakan-, las
contrapartes o los partidos políticos que promovieron las impugnaciones en los
tribunales pueden dar vista formal a las autoridades administrativas para
exigir la apertura de un expediente de responsabilidad.
Para
avanzar el procedimiento, la autoridad investigadora -Secretaría “Anticorrupción”-
deberá integrar el expediente, recabar las pruebas de la intervención del
funcionario y posteriormente turnarlo a los magistrados administrativos para
que dicten una sentencia definitiva.
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019,
2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los
Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así
como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
Información
completa sobre el currículum vitae, en este link:
https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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