Despidos masivos, “papa caliente”
Por Luis A. CABAÑAS BASULTO*
La
pesadilla para los trabajadores de gobierno de Quintana Roo inició hace poco
más de tres años (Octubre 2 del 2013), cuando, con la entrada en vigor del
Decreto 306, el gobierno de Roberto Borge Angulo inició el proceso de
“reingeniería administrativa” que incluyó el despido de entre el 8 y 10% de los
entonces 16 mil burócratas -hoy suman unos 20 mil- que engrosaban las filas
de la administración estatal.
Así
lo anunció el mandatario en ese entonces, cuando reconoció que el gasto de su
gobierno resultaba superior a sus ingresos que, considerablemente mermados por
el millonario adeudo que dejó como herencia el ex gobernador priísta Félix
González, prácticamente se hicieron polvo con la incipiente, pésima
administración de Roberto Borge.
Al
final de cuentas, la dolorosa medida adoptada, supuestamente para controlar el
gasto, terminó resultando un “Mejoral” ante el despilfarro del mandatario
cozumeleño ahora en el ojo del huracán, ya que prácticamente duplicó la deuda
pública que había heredado, hasta alcanzar la multimillonaria suma de alrededor
de 23 mil millones de pesos.
Terminó
la pesadilla quinquenal -menos mal que no llegó al sexenio-, y se esperaban
mejorar las cosas con el arribo del gobernador del cambio que ofrecieron PAN y
PRD con Carlos Joaquín González, aunque desde un principio anticipamos que
gobernaría en la miseria, más aún con el miserable saldo que dejó Roberto Borge
en las arcas, pero con múltiples compromisos.
Creíamos
que el nuevo secretario de Finanzas habría adoptado las previsiones del caso,
pero NO que el Oficial Mayor, el chetumaleño Manuel Israel Alamilla Ceballos,
le aguara la fiesta al gobernador con una nueva “reingeniería” que tiene al
borde de la desesperación a las familias de cientos de trabajadores cuyo
ingreso depende del Gobierno del Estado.
En
efecto, a partir de la quincena anterior, y sin decir “agua va”, las diversas
dependencias estatales iniciaron una serie de despidos de personal, tales que
no pocos analistas han calificado como venganza política contra la
administración anterior, lo que, sin embargo, no es del todo verdadero ni del
todo falso, pero sumarían alrededor de dos mil.
Lo
único cierto es que no sólo han faltado información y orientación entre los
ahora ex trabajadores afectados, sino también una buena dosis de
sensibilización entre las mismas autoridades que, sabedoras de tener la sartén
por el mango, olvidan que las familias de los perjudicados también tienen que
comer y que existen leyes en la materia.
Por
parte de la mayor parte de los trabajadores -y en la comunidad misma- también
existe confusión en torno a los derechos aparentemente vulnerados, ya que,
independientemente de que el cambio de “estafeta” sea entre gobiernos priístas
o bien entre éstos y la oposición -como en el caso de Carlos Joaquín- algunos
cambios o “bajas” resultan “naturales”, tradicionales, acostumbrados,
consentidos.
Así,
nunca se ha sabido de alguna demanda por cambio o despido del titular de alguna
Secretaría, Dirección General o simple Dirección, aunque en algunos casos
habría alcanzado a los Jefes de Departamento, como ocurrió en 2013, cuando no
se salvó ninguna cabeza entre los alrededor de mil 500 burócratas afectados.
Hasta
donde recordamos, el único caso de un alto funcionario que demandó al Gobierno
del Estado por despido injustificado ocurrió en el Tribunal Superior de
Justicia -¡y le ganó el caso!-, y fue el de nuestro amigo, el Lic. David
Álvarez Cervera, esto durante la administración de otro Borge, Miguel Borge
Martín, tío del denostado Roberto Borge.
Ahora
bien, a efecto de determinar qué debieran estar peleando los burócratas, es
necesario, en primera instancia, conocer cuál es su situación personal, ya que,
cuando concluye una relación de trabajo por renuncia voluntaria o despido, hay
dos conceptos que vienen a la mente y habrá que diferenciar: Existe finiquito
cuando se trata de una separación voluntaria o justificada, pero cuando ésta es
injustificada, se trata de una liquidación.
El
finiquito se recibe en los casos de renuncia voluntaria, término del contrato
temporal, o por despido justificado o no, así como por rescisión de contrato
por una falta grave cometida por el patrón, invalidez por enfermedad y muerte
del trabajador.
Así
las cosas, el finiquito debe incluir los días trabajados y no pagados en el
mes, la parte proporcional del aguinaldo y de las vacaciones, así como otras
prestaciones como bonos, vales, comisiones, caja o fondo de ahorro y
utilidades, entre otras.
La
liquidación o indemnización, en cambio, se otorga en los casos en que el patrón
rescinde el contrato por reestructuración de área o cierre del negocio; despido
injustificado, o renuncia voluntaria provocada por alguna falta grave cometida
por el patrón.
Esta
indemnización o liquidación deberá incluir tres meses de salario, prima de
antigüedad y salarios vencidos, así como 20 días de salario por año trabajado,
esto último en caso de haber sido despedido injustificadamente, haber acudido a
la Junta de Conciliación para la reinstalación y recibir la negativa del patrón.
Todo
trabajador goza invariablemente de tres prestaciones por ley (excepto los que
trabajan por honorarios o asimilados a salarios): Vacaciones, prima vacacional
y aguinaldo, además de las de seguridad social, y el finiquito consiste
básicamente en pagar estas prestaciones.
Ahora
bien ¿Cuándo corresponde el pago por liquidación? Cuando se rescinde el
contrato por motivos que no tienen que ver con el desempeño (por reestructuración,
cierre de empresa o desaparición del cargo), por despido injustificado, o bien por
renunciar a causa de una falta grave cometida por el patrón.
Por
otro lado, aunque para Alamilla Ceballos “la ley es clara, los servidores
públicos de confianza, son eso, personal de confianza y en el momento que se
les pida la renuncia tienen que presentarla y no se les paga más que los días
laborados”, parece no estar bien documentado sobre el tema.
Conforme
a la tesis I.6o.T.352 L de la Suprema Corte de Justicia de la nación, si la
Junta de Conciliación y Arbitraje concluye que el patrón no demostró la causa
de la rescisión laboral y que no procedía condenar a la reinstalación por
haberse rehusado aquél por tratarse de un trabajador de confianza “debe
condenarse al patrón, no sólo al pago de las prestaciones relativas al despido
injustificado, sino también al de veinte días de salario por cada año de
servicios prestados”.
Así
las cosas, creemos que el principal reclamo al Gobierno del Estado es guardar
silencio -hasta parecen emular al gobierno de Roberto Borge-, lo que no
significa más que una falta de sensibilidad ante un reclamo social que,
quiérase o no, a quien más impacta es a Carlos Joaquín, a quien le restriegan
en el rostro sus ofrecimientos de cambio.
Es
de esperarse que el mandatario evite malgastar el alto capital político que
obtuvo desde su campaña, particularmente en la Zona Sur, donde sus altos
índices de popularidad podrían estar mermando a causa de este problema que
amenaza con arrastrar durante todo un sexenio. Está a tiempo de evitarlo.
¿Cómo?
Nunca es tarde para una reunión de gabinete, con miras a poner a cada
colaborador en su lugar, y los pies sobre la tierra, ya que el excesivo humo de
incienso -ojo, mucho ojo- marea y ahoga a cualquiera… mucho más a los
políticos.
(Permitida
la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con la cita
del nombre de su autor)
*Luis
Angel Cabañas Basulto es Licenciado en Derecho egresado de la Universidad
Autónoma de Yucatán, periodista residente en Chetumal, Quintana Roo, desde hace
29 años, con más de 39 años como reportero, jefe de información, editor y jefe
de redacción de diversos medios de información, ha sido Jefe de Información de
dos gobernadores y tres presidentes municipales, y publicado cuatro libros.
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