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Mario, ¡duro golpe para Carlos Joaquín!


                                                Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
         Aprobada durante el sexenio del tristemente “célebre” ex presidente priísta -como todos los del tricolor-, Ernesto Zedillo Ponce de León, la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, varias veces reformada para que su penalidad fuese más severa, se convirtió en el principal enemigo del ex gobernador Mario Villanueva Madrid, quien hace unos días fue beneficiado por el gobierno morenista de López Obrador con la prisión domiciliaria.
         A cerca de 24 de haberse decretado (7 de noviembre de 1996), la mencionada ley continúa siendo un obstáculo para que el ex mandatario de Quintana Roo (1993-99), ahora de 71 años de edad -el próximo 2 de julio cumplirá 72 años-, pueda acogerse a la recién aprobada Ley de Amnistía para prevenir que los internos se contagien del COVID-19.
         Aunque lo verdaderamente importante para ex gobernante y familia es que se encuentra en su casa -aunque realmente NO en “El Mostrenco”, sino en el fraccionamiento Andara-, lo cierto es que esto sólo fue posible gracias a una muestra de buena voluntad por parte del gobierno de Morena, lo que constituye un doloroso golpe político para el PRI-AN.
         En efecto, con elecciones prácticamente a la puerta, puede estar Ud. caso seguro de que los seguidores de Villanueva Madrid -aclaramos, no del inexistente “villanuevismo” tienen un marcado resentimiento contra los gobiernos tricolores y blanquiazules, cuyos gobiernos nunca movieron un dedo para que aquél -culpable o inocente- alcanzara la libertad.
         Lo mismo podría decirse del gobierno aliancista de Carlos Joaquín, quien seguramente -puede Usted jurarlo- intentará por todos los medios de colgarse la “medallita” respecto a lo que sólo podría calificarse como un avance de la situación personal de Villanueva Madrid, quien ahora busca la libertad absoluta, o bien que se le declara inocente tras 19 años de cárcel.
         Con excepción del propio afectado y sus abogados, la verdad es que todos ignoran el avance y estado de los expedientes, ya que la mayoría de los quintanarroenses sólo sabe lo que el ex mandatario ha publicado a través de redes sociales, o bien de comunicados de sus amigos periodistas, pocos, por cierto, comparados con las docenas que apoyó durante su sexenio.
         Por cierto, poco o nada aportó al caso su vástago, el mitómano ex presidente municipal de Othón P. Blanco, Carlos Mario Villanueva Tenorio, quien, falto de capacidad política, durante el encarcelamiento de su padre sólo aprovechó el capital político de éste para buscar posiciones políticas para él y sus amigos. Como alcalde, exprimió las arcas para estar más tiempo en Nueva York que en sus oficinas. Fue un triste remedo de político.   
           Lo cierto es que el Código Penal Federal refiere que el ex gobernador, o “Mario”, como le gustaba que le llamaran, NO puede ser objeto de Indulto, ya que su Artículo 97 dice que “Cuando la conducta observada por el sentenciado refleje un alto grado de reinserción social y su liberación no represente un riesgo para la tranquilidad y seguridad públicas, conforme al dictamen del órgano ejecutor de la sanción y no se trate de sentenciado por traición a la Patria, espionaje, terrorismo, sabotaje, genocidio, delitos contra la salud, violación, delito intencional contra la vida y secuestro, desaparición forzada, tortura y trata de personas, ni de reincidente por delito intencional, se le podrá conceder indulto por el Ejecutivo Federal, en uso de facultades discrecionales…”
Para su mala fortuna, tampoco tendría acceso a la Ley de Amnistía, cuyo Artículo 2 señala que “No se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, salvo lo establecido en el artículo 1, fracciones I y II de esta Ley; ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego. Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución, o que hayan cometido otros delitos graves del orden federal”.
Este último, refiere que “El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”.
         Por su lado, el Artículo 55 del propio Código apunta que “En el caso de que el imputado sea una persona mayor de 70 años de edad o afectada por una enfermedad grave o terminal, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan, en todo caso la valoración por parte del juez se apoyará en dictámenes de peritos. La revisión de la medida cautelar podrá ser promovida por las partes que, además, ofrecerán pruebas para dicho efecto”.
Añade que “De igual forma, procederá lo previsto en el párrafo anterior, cuando se trate de mujeres embarazadas, o de madres durante la lactancia.
No obstante, aclara que “NO gozarán de la prerrogativa prevista en los dos párrafos anteriores, quienes sean imputados por los delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa…
 Así, vemos que la prerrogativa de cumplir la prisión preventiva en el domicilio del imputado cuya edad sea mayor de 70 años se aplicó como una potestad del órgano jurisdiccional, es decir, sujeto al criterio del juzgador, que consideró que el imputado no se sustraería de la justicia o manifestaba una conducta que revelara su peligrosidad social.
Ahora bien, Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada surgió contra el irrefrenable narcotráfico que se dio en el país en la década de los años 80, principalmente durante el cuestionable sexenio salinista 1988-94, cuando para nadie era secreto que desde Los Piños se controlaba esa actividad en favor del Cártel del Golfo y se combatía a los rivales de éste. 
La mano que mecía “la cuna” era Raúl Salinas, hermano “incómodo”, mayor del entonces presidente, quien mantenía una estrecha relación con el principal narcotraficante de México, Juan García Abrego, e incluso asistió a algunas de las fiestas de éste, según denunció en su momento la revista Newsweek.
Era tanta la influencia del hombre sobre la vida política del país, que era el responsable de la nominación de los candidatos del PRI a gobernadores y legisladores federales. Todas las “negociaciones” políticas con el presidente se hacían por su conducto, aunque se le acabó “el veinte” en 1994, cuando se le acusó de participar en el asesinato de su ex cuñado José Francisco Ruiz Massieu, el número dos del PRI.
         ¡Imagínese Ud. cuánta riqueza habría obtenido con el control del narcotráfico!, que adquirió al menos 41 durante el sexenio de su hermano, cuando, inclusive, se robó la “partida secreta” del gobierno, ramo del presupuesto del Gobierno federal que usaba el presidente a manera de chequera personal. En su último año, Carlos Salinas tuvo acceso personal a 1,350 millones de pesos.
Aunque todo terminó felizmente, como acostumbraba ocurrir en los gobiernos del PRI, durante el sexenio de Zedillo, a petición de la PGR, un juez suizo ordenó que le aseguraran 114 millones de dólares de cuentas bancarias que Raúl Salinas tenía en una institución crediticia de Suiza. Finalmente le devolvieron “su dinero” y tan-tan.
Sirva el tema como antecedente, pero para no desviarnos del caso de Villanueva Madrid, el apoyo que le ofreció López Obrador se concretó con el anuncio del Consejero Jurídico de la Presidencia, Julio Scherer, quien hizo hasta donde la ley le permite, ya que, tratar de intervenir en una cuestión que no es de su incumbencia, como presionar a la Suprema Corte de Justicia, sería tanto como violar la División de Poderes.
Desde luego que esa incompetencia también incluye a la propia titular de la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, una funcionaria de tristes recuerdos para Quintana Roo, aunque ya hablaremos del tema en su momento.
Las preguntas obligadas son: ¿Se pronunciará Carlos Joaquín sobre el tema del ex gobernador? ¿Le temblarán las piernas?

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 43 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.
Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con cinco Diplomados, dos de ellos en materia de Juicio de Amparo, Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 20 Seminarios, Talleres y Cursos diversos. 

luancaba@hotmail.com                                                      leg_na2003@yahoo.com.mx                                 luancaba.qroo@gmail.com                 
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