Mario,
¡duro golpe para Carlos Joaquín!
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Aprobada durante el sexenio del tristemente “célebre” ex
presidente priísta -como todos los del tricolor-, Ernesto Zedillo Ponce de León,
la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada,
varias veces reformada para que su penalidad fuese más severa, se convirtió en el principal enemigo del ex
gobernador Mario Villanueva Madrid, quien hace unos días fue beneficiado por el
gobierno morenista de López Obrador con la prisión domiciliaria.
A cerca de 24 de haberse
decretado (7 de noviembre de 1996), la mencionada ley continúa siendo un obstáculo para
que el ex mandatario de Quintana Roo (1993-99), ahora de 71 años de edad -el
próximo 2 de julio cumplirá 72 años-, pueda acogerse a la recién aprobada Ley
de Amnistía para prevenir que los internos se contagien del COVID-19.
Aunque
lo verdaderamente importante para ex gobernante y familia es que se encuentra en
su casa -aunque realmente NO en “El Mostrenco”, sino en el fraccionamiento
Andara-, lo cierto es que esto sólo fue posible gracias a una muestra de buena
voluntad por parte del gobierno de Morena, lo que constituye un doloroso golpe
político para el PRI-AN.
En
efecto, con elecciones prácticamente a la puerta, puede estar Ud. caso seguro
de que los seguidores de Villanueva Madrid -aclaramos, no del inexistente
“villanuevismo” tienen un marcado resentimiento contra los gobiernos tricolores
y blanquiazules, cuyos gobiernos nunca movieron un dedo para que aquél
-culpable o inocente- alcanzara la libertad.
Lo
mismo podría decirse del gobierno aliancista de Carlos Joaquín, quien
seguramente -puede Usted jurarlo- intentará por todos los medios de colgarse la
“medallita” respecto a lo que sólo podría calificarse como un avance de la
situación personal de Villanueva Madrid, quien ahora busca la libertad
absoluta, o bien que se le declara inocente tras 19 años de cárcel.
Con
excepción del propio afectado y sus abogados, la verdad es que todos ignoran el
avance y estado de los expedientes, ya que la mayoría de los quintanarroenses
sólo sabe lo que el ex mandatario ha publicado a través de redes sociales, o bien
de comunicados de sus amigos periodistas, pocos, por cierto, comparados con las
docenas que apoyó durante su sexenio.
Por
cierto, poco o nada aportó al caso su vástago, el mitómano ex presidente
municipal de Othón P. Blanco, Carlos Mario Villanueva Tenorio, quien, falto de
capacidad política, durante el encarcelamiento de su padre sólo aprovechó el
capital político de éste para buscar posiciones políticas para él y sus amigos.
Como alcalde, exprimió las arcas para estar más tiempo en Nueva York que en sus
oficinas. Fue un triste remedo de político.
Lo cierto es que el Código Penal Federal
refiere que el ex gobernador, o “Mario”, como le gustaba que le llamaran, NO
puede ser objeto de Indulto, ya que su Artículo 97 dice que “Cuando la conducta
observada por el sentenciado refleje un alto grado de reinserción social y su
liberación no represente un riesgo para la tranquilidad y seguridad públicas,
conforme al dictamen del órgano ejecutor de la sanción y no se trate de
sentenciado por traición a la Patria, espionaje, terrorismo, sabotaje,
genocidio, delitos contra la salud, violación, delito intencional contra
la vida y secuestro, desaparición forzada, tortura y trata de personas, ni de
reincidente por delito intencional, se le podrá conceder indulto por el
Ejecutivo Federal, en uso de facultades discrecionales…”
Para su mala fortuna, tampoco tendría acceso a la
Ley de Amnistía, cuyo Artículo 2 señala que “No se concederá
el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o
la integridad corporal, salvo lo establecido en el artículo 1, fracciones
I y II de esta Ley; ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o
cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego. Tampoco
se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere
el artículo 19 de la Constitución, o que hayan cometido otros delitos
graves del orden federal”.
Este último, refiere que “El juez
ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio
doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios
violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley
en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad
y de la salud”.
Por su lado, el
Artículo 55 del propio Código apunta que “En el caso de que el
imputado sea una persona mayor de 70 años de edad o afectada por una enfermedad
grave o terminal, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión
preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso,
en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan, en
todo caso la valoración por parte del juez se apoyará en dictámenes de peritos.
La revisión de la medida cautelar podrá ser promovida por las partes que, además,
ofrecerán pruebas para dicho efecto”.
Añade
que “De igual forma, procederá lo previsto en el párrafo anterior, cuando se
trate de mujeres embarazadas, o de madres durante la lactancia.
No
obstante, aclara que “NO gozarán de la prerrogativa prevista en los dos
párrafos anteriores, quienes sean imputados por los delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa…”
Así, vemos que la prerrogativa de cumplir la prisión
preventiva en el domicilio del imputado cuya edad sea mayor de 70 años se
aplicó como una potestad del órgano jurisdiccional, es decir, sujeto al
criterio del juzgador, que consideró que el imputado no se sustraería de la
justicia o manifestaba una conducta que revelara su peligrosidad social.
Ahora
bien, Ley Federal Contra la Delincuencia
Organizada surgió contra el irrefrenable narcotráfico que se dio en el país en
la década de los años 80, principalmente durante el cuestionable sexenio
salinista 1988-94, cuando para nadie era secreto que desde Los Piños se
controlaba esa actividad en favor del Cártel del Golfo y se combatía a los
rivales de éste.
La
mano que mecía “la cuna” era Raúl Salinas, hermano “incómodo”, mayor del entonces
presidente, quien mantenía una estrecha relación con el principal narcotraficante
de México, Juan García Abrego, e incluso asistió a algunas de las fiestas de
éste, según denunció en su momento la revista Newsweek.
Era
tanta la influencia del hombre sobre la vida política del país, que era el
responsable de la nominación de los candidatos del PRI a gobernadores y
legisladores federales. Todas las “negociaciones” políticas con el presidente
se hacían por su conducto, aunque se le acabó “el veinte” en 1994, cuando se le
acusó de participar en el asesinato de su ex cuñado José Francisco Ruiz
Massieu, el número dos del PRI.
¡Imagínese Ud. cuánta riqueza habría obtenido con el control
del narcotráfico!, que adquirió al menos 41 durante el sexenio de su hermano, cuando,
inclusive, se robó la “partida secreta” del gobierno, ramo del presupuesto del
Gobierno federal que usaba el presidente a manera de chequera personal. En su
último año, Carlos Salinas tuvo acceso personal a 1,350 millones de pesos.
Aunque
todo terminó felizmente, como acostumbraba ocurrir en los gobiernos del PRI,
durante el sexenio de Zedillo, a petición de la PGR, un juez suizo ordenó que le
aseguraran 114 millones de dólares de cuentas bancarias que Raúl Salinas tenía
en una institución crediticia de Suiza. Finalmente le devolvieron “su dinero” y
tan-tan.
Sirva
el tema como antecedente, pero para no desviarnos del caso de Villanueva Madrid,
el apoyo que le ofreció López Obrador se concretó con el anuncio del Consejero
Jurídico de la Presidencia, Julio Scherer, quien hizo hasta donde la ley le
permite, ya que, tratar de intervenir en una cuestión que no es de su
incumbencia, como presionar a la Suprema Corte de Justicia, sería tanto como
violar la División de Poderes.
Desde
luego que esa incompetencia también incluye a la propia titular de la
Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, una funcionaria de tristes
recuerdos para Quintana Roo, aunque ya hablaremos del tema en su momento.
Las
preguntas obligadas son: ¿Se pronunciará Carlos Joaquín sobre el tema del ex
gobernador? ¿Le temblarán las piernas?
(Permitida
la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito
para el autor)
*Luis
Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 43 años de experiencia como
reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de
comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex
gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de
ellos pendiente de publicar.
Titulado como Licenciado en Derecho
en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con cinco Diplomados, dos de
ellos en materia de Juicio de Amparo, Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La
Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos
Humanos, así como con más de 20 Seminarios, Talleres y Cursos diversos.
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