Lección de la SCJN ¡a Mara y los tres Poderes!
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
La
gobernadora Verde de Quintana Roo, Mara Lezama, jugó un papel directo y
corresponsable en el diseño legislativo del Congreso del Estado, que encabeza Jorge
Sanén Cervantes, que invalidó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre
prorrogar el mandato del magistrado Heyden Cebada Rivas hasta 2033, por lo que el
cargo de éste en el Tribunal Superior de Justicia concluirá definitivamente en
2028.
De
esta manera, el fallo resolvió las acciones de inconstitucionalidad 99/2025 y
100/2025 que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que
impugnaban las reformas de la legislatura de Quintana Roo, que blindaban a determinados
magistrados frente a la reforma judicial federal.
Además
de Cebada Rivas, la resolución de la SCJN afectó directamente a otros
funcionarios y órganos del Poder Judicial del Estado, entre ellos la Magistrada
Numeraria Ana Mercedes Castillo Carvajal, cuyo nombramiento, al igual que el del
presidente del Tribunal, contemplaba el beneficio de un Artículo Transitorio de
“blindaje”.
Con
la caída del Transitorio, su permanencia automática hasta 2033 se canceló y permanecerá
en funciones de manera transitoria sólo hasta rendir protesta el ganador de la
elección judicial programada para 2028.
También
resultaron afectados con la resolución los titulares del Tribunal de Disciplina
Judicial del Estado, a los que la Corte invalidó de forma integral el proceso
de selección y nombramientos destinados a ocupar las presidencias de ese órgano,
pues la SCJN determinó que el esquema que aprobó el Congreso del Estado no se
alineaba con las bases de la Constitución Federal, y dejó sin efectos jurídicos
esos cargos.
Por
parte de los titulares del Órgano de Administración Judicial, los nombramientos
para dirigirlo fueron tumbados porque la Corte detectó vicios constitucionales
e invasión de competencias en las reglas que se usaron para elegirlos, por lo
que sus funcionarios deberán dejar sus puestos una vez que se notifique
formalmente al Congreso del Estado.
La
afectación a los integrantes de las Salas del Tribunal Superior de Justicia es
su desarticulación y anulación total de su conformación actual y sus
magistrados adscritos a estas áreas se afectaron porque la Corte resolvió que
el pleno del Tribunal invadió facultades exclusivas de administración al
asignar magistraturas y domicilios de manera independiente. Todas las
estructuras de segunda instancia deberán reorganizarse bajo un nuevo marco
legal.
Respecto
al papel de Mara Lezama, aunque el Congreso del Estado se encargó de votar y
aprobar la polémica reforma judicial, la participación de la mandataria se
manifestó a través de la promoción de nombramientos directos, promulgación de
la ley y respaldo político al control institucional.
Su
intervención respecto al papel de los diputados se resume en sus designaciones
directas, contrarias al voto popular, ya que la resolución de la SCJN evidenció
que la gobernadora aprovechó las “lagunas” de la reforma local para realizar
nombramientos vía “dedazo”, ignorando completamente el espíritu de la Reforma
Judicial federal.
Por
ejemplo, la Corte invalidó específicamente el nombramiento de Aída Isis
González Gómez como magistrada titular del Tribunal Unitario para Adolescentes,
pues determinó que su designación fue realizada directamente por Mara Lezama en
lugar de someter el cargo a elección por voto popular, lo que constituyó una
violación constitucional abierta operada desde el Ejecutivo de Quintana Roo.
El
Congreso del Estado -con mayoría absoluta de Morena y aliados- no actuó aislado,
ya que, como titular del Poder Ejecutivo, la gobernadora validó, firmó y ordenó
la publicación del Decreto 134 en el Periódico Oficial del Estado en enero de
2025, lejos de ejercer su derecho de veto o señalar inconsistencias
constitucionales del Transitorio que beneficiaba a su ex colaborador Cebada
Rivas, dio luz verde jurídica al blindaje institucional.
A
nivel político, el Congreso actuó para proteger intereses del Gobierno del
Estado, ya que Cebada Rivas fue Síndico Municipal de Cancún durante la gestión
de Mara Lezama como alcaldesa. La premura de los diputados por extender el
mandato del funcionario hasta 2033 respondía a una estrategia coordinada con el
Ejecutivo para asegurar un Poder Judicial estatal dócil, predecible y alineado
con el proyecto político de la gobernadora de cara a la segunda mitad de su
sexenio.
Al
final, la resolución de la SCJN evidenció “mala función” compartida, toda vez
que los diputados, pese a sus elevados ingresos, “legislaron” de forma
deficiente y excesiva, mientras que Mara Lezama usó esas mismas leyes locales
para colocar perfiles de manera directa, forzando a la SCJN a corregirle la
plana a ambos poderes de Quintana Roo.
Lo
cierto es que, entre los puntos clave de la resolución de la Corte se incluye
una permanencia condicionada, ya que determinó que ni Cebada Rivas ni Ana
Mercedes Castillo serán destituidos de forma inmediata, sino que permanecerán
en funciones de forma transitoria para evitar dejar acéfala la impartición de
justicia en Quintana Roo.
Como
fin del blindaje hasta 2033, la SCJN eliminó el artículo Transitorio local que
extendía sus periodos de forma artificial. Sus salidas quedan estrictamente
alineadas al calendario electoral judicial de la entidad.
En
cumplimiento con la reforma constitucional federal, la magistratura de Cebada
Rivas deberá someterse a voto popular en las elecciones judiciales de 2028, por
lo que dejará el cargo formalmente cuando rindan protesta los ganadores de
dicha jornada electoral.
Aunque
se limitó su tiempo en el cargo, el Pleno de la SCJN declaró constitucional el
artículo 27 de la Ley Orgánica local, lo que significa que el mecanismo interno
mediante el cual los magistrados eligen a su presidente -por voto mayoritario y
secreto- sigue siendo perfectamente válido.
Como
efectos colaterales en el Poder Judicial, la misma sentencia de la Corte
invalidó los nombramientos de las presidencias del Tribunal de Disciplina
Judicial y del Órgano de Administración Judicial, además de disolver la
conformación actual de las Salas del TSJE, al considerar que se invadieron
facultades administrativas.
El
Congreso de Quintana Roo fue exhortado por la SCJN para legislar y subsanar
estas inconsistencias normativas sin afectar a los ciudadanos.
Por lo anterior, es claro que la invalidación de la prórroga derivó de que
el Congreso del Estado violó la supremacía Constitucional al crear un “blindaje” para evadir el voto popular, contradiciendo las reglas de la Reforma
Judicial federal, pero el Pleno de la Corte resolvió que las legislaturas
estatales no tienen facultad para sustraer plazas del mecanismo de elección
democrática ni inventar plazos excepcionales de permanencia.
Así
las cosas, la resolución judicial se fundamentó específicamente en el intento
de evadir la democratización judicial, pues el Congreso redactó el artículo
Tercero Transitorio del Decreto 134 con el argumento de que Cebada Rivas y Ana
Mercedes Castillo habían sido designados de forma reciente, lógica bajo la cual
los excluyeron de la primera etapa de renovación, pero la Corte determinó que
este esquema funcionaba como prórroga indebida y artificial, diseñada para
sustraer deliberadamente los cargos del escrutinio público por voto directo.
Su
sentencia invocó directrices generales de la Reforma Judicial. El marco
constitucional federal ordena estrictamente que todos los cargos judiciales
locales que no se renovaron en la primera convocatoria deben someterse a
votación en las elecciones de 2028. Al otorgarles una permanencia automática
hasta 2033, los legisladores ignoraron plazos federales obligatorios.
Además
del blindaje de mandatos, la Corte detectó que el Congreso del Estado permitió
al Pleno del Tribunal funciones como conformar, integrar y asignar domicilios
para las Salas, pero los ministros determinaron que esas atribuciones
corresponden única y exclusivamente al Órgano de Administración Judicial,
configurando otra violación constitucional por invadir competencias.
La
demanda original que destrabó este caso fue promovida formalmente a través de los
recursos interpuestos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, que argumentaron que ningún Estado
civil puede legislar por encima de la Carta Magna del país.
Por
otro lado, el debate en torno a los intereses del Congreso del Estado para
intentar prorrogar el mandato de Cebada Rivas involucra argumentos de
estabilidad institucional, así como señalamientos políticos de control y
afinidad partidista, y a nivel analítico y opinión pública local, se
identifican vertientes sobre el interés detrás de este blindaje.
Uno
de ellos es garantizar la continuidad de un perfil afín al grupo en el poder y
los vínculos políticos previos y desde perspectiva de analistas políticos, el
Congreso buscaba asegurar que el Tribunal permaneciera encabezado por un
liderazgo de absoluta confianza institucional, garantizando una transición
tersa y coordinada entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en el
estado.
Evitar
la incertidumbre operativa y el “vacío” de poder fue argumento técnico del
Congreso, cuyos legisladores justificaron la prórroga bajo la premisa de que
tanto Cebada Rivas como la magistrada Castillo Carvajal habían sido designados
de forma reciente bajo esquemas anteriores.
El
Congreso argumentó que forzar la salida o renovación inmediata de la cabeza del
Poder Judicial en plena implementación de la Reforma Judicial federal restaría
estabilidad a los tribunales, por lo que prolongar su estancia hasta 2033
pretendía dar una falsa certeza jurídica de largo plazo.
La
reforma local tumbada por la Corte no solo extendía el mandato de Cebada Rivas,
sino que también le otorgaba facultades extraordinarias al Pleno del TSJE para
moldear Salas y circuitos e intervenir en las presidencias del nuevo Tribunal
de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración.
Como
red de contenciones, al mantener a un presidente aliado por casi una década
extra, el mayoritario Morena aseguraba la reconfiguración interna de la
justicia en Quintana Roo en manos conocidas, blindando al Estado de giros
imprevistos en la designación de los nuevos jueces y magistrados que llegarán
por voto popular.
En
fin, la resolución de SCJN -contó con recursos promovidos incluso por
dependencias del orden federal- frenó este intento de “excepcionalidad local”,
obligando a que la plaza judicial de Quintana Roo se dispute democráticamente
en las urnas en 2028… afortunadamente, ya sin Mara Lezama a la cabeza de “nuevos”
legisladores.
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019,
2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los
Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así
como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
Información
completa sobre el currículum vitae, en este link:
https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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