¿Disciplina Judicial, “controlada” por obradoristas?
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Tras una serie de especulaciones,
finalmente Celia Maya García presidirá por dos años el nuevo Tribunal de
Disciplina Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN), inclusive por encima de ésta misma, aunque se cuestiona la cercanía de
los nuevos funcionarios con el gobierno federal, tres de ellos con el ex
presidente López Obrador.
De
acuerdo con los resultados oficiales del Instituto Nacional Electoral, tras el
cómputo del 100% de las actas, quedaron definidos los perfiles de los cinco funcionarios
del Tribunal de Disciplina, cuyas trayectorias contradicen las críticas en
torno a su supuesta falta de preparación profesional.
Así,
Celia Maya, quien lo presidirá en su primer periodo (2025-2027), quien nació en
Querétaro el 4 de diciembre de 1949, es Licenciada en Derecho y en Contaduría
Pública por la Universidad Autónoma de Querétaro, donde también obtuvo el
doctorado en Derecho.
Cuenta
con tres maestrías: En Derecho Procesal Penal, Derecho Fiscal e Impuestos y actualmente
es consejera del Consejo de la Judicatura Federal (nombrada en 2023 por cinco
años), aunque, en su contra, se señala que fue propuesta de López Obrador.
Por
su parte, la segunda titular, Eva Verónica de Gyvés Zárate, es originaria de
Oaxaca, donde nació el 28 de febrero de 1961.
Es
Licenciada en Derecho por la UNAM y maestra en Derecho Procesal Penal
Acusatorio, así como Especialista en Derecho Penal, Amparo y Derecho Procesal
Penal. Es miembro del Consejo de la Judicatura entre 2019 y 2024 y, al igual
que la primera, también la propuso López Obrador.
Indira
Isabel García Pérez, por su lado, es Licenciada en Derecho por la Universidad
de Colima, con maestrías en Derecho Corporativo y Educación, además de
especialidades en impuestos fiscales y calidad del gasto público. Se ha
desempeñado en órganos de fiscalización y transparencia de Colima, y también trabajado
en su Tribunal Electoral.
Otro
beneficiado con los votos es Bernardo Bátiz Vázquez, Licenciado en Derecho por
la UNAM y maestro en Derecho por la Universidad Iberoamericana. Fue procurador
de Justicia de la Ciudad de México durante el gobierno de López Obrador como
Jefe de Gobierno entre 2000 y 2006.
Asimismo,
fungió como miembro del Consejo de la Judicatura de 2019 a 2024 y cuenta con experiencia
política previa como secretario general del PAN en los años 70 y 80.
Por
último, Rufino H. León Tovar es Licenciado en Derecho por la UNAM y maestro en
Derecho Constitucional. Asimismo, es Doctor en Derecho, fue Procurador de la
Defensa de los Trabajadores al Servicio del Estado y actualmente preside una
sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en tanto también fue
Secretario de Movilidad de la Ciudad de México.
Ahora
bien, en torno a la alternancia en la presidencia del Tribunal, ésta será
rotativa cada dos años y recaerá en la persona que haya obtenido el mayor
número de votos. Iniciará con Celia Maya, a quien seguirán previsiblemente
Verónica de Gyvés y Bernardo Bátiz, dentro de un periodo de siete años por
magistrado.
Aunque
será el órgano máximo en materia de disciplina en el Poder Judicial de la
Federación, incluso por encima incluso de la propia Corte en este rubro, su
independencia ha sido cuestionada por expertos judiciales, entre ellos Laurence
Pantin, Susana Camacho y Cristian López, debido a la cercanía de al menos tres
de sus miembros con el gobierno federal.
Las
preocupaciones de éstos se centran en que esta afinidad podría derivar en
sanciones selectivas hacia juzgadores independientes o en la nulificación de
resoluciones contrarias a intereses del Ejecutivo o del Congreso de la Unión.
Asimismo,
advierten que las causales de sanción definidas en la reforma judicial son
ambiguas, lo que podría abrir la puerta a interpretaciones arbitrarias, aunque también
se pide el beneficio de la duda en su funcionamiento, ya que el país necesitaba
la reforma al Poder Judicial, y este tribunal podría fortalecer la rendición de
cuentas si actúa con imparcialidad.
El
nuevo Tribunal tendrá a su cargo la investigación y resolución de los
procedimientos de responsabilidades administrativas de los servidores públicos,
que desempeñan funciones jurídicas en el Poder Judicial, así como la resolución
de los recursos de revisión en los procedimientos administrativos del personal,
tratándose de faltas graves.
Por
otro lado, será encargado de la evaluación y seguimiento del desempeño de
Magistrados y Jueces de todos los organismos y encargado de resolver los
conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus integrantes, así como
los que se susciten entre la Corte y sus trabajadores.
Sus
obligaciones, prerrogativas y atribuciones serán determinados en el artículo
100 de la Constitución, y ampliado en los títulos VII y VIII de la Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación, junto con una serie de aspectos.
Entre
ellos aplicar sanciones como amonestación, suspensión, multa e inhabilitación,
a los integrantes del Poder Judicial que resulten responsables de faltas en la
jurisdicción del Tribunal. Con excepción de los ministros de la Corte y
magistrados del Tribunal Electoral, cuya remoción competerá al Senado.
Ordenar,
oficiosamente o por denuncia, investigaciones referentes a los temas de su
competencia; dar visto al ministerio público para proceder, en caso de que las
faltas graves estén consideradas como delito; solicitar ante la Cámara de
Diputados, juicio político a las personas juzgadoras electas por voto popular.
Evaluar
el desempeño de los titulares en los Tribunales de Circuito y Juzgados de
distrito, en el primer año de su ejercicio; atraer los casos de faltas graves
señalados como delito, gestionados por los tribunales de disciplina de las
entidades federativas; reglamentar planes, programas, proyectos,
especificaciones y parámetros, destinados a la evaluación del desempeño
judicial.
Coordinarse
con el Sistema Nacional Anticorrupción para implementar medidas preventivas de
faltas administrativas y hechos de corrupción, resolver y emitir resolución
sobre los casos de responsabilidad administrativa que el Órgano de
Administración Judicial le remita.
Por
último, intervenir en cualquier caso judicial que exceda el tiempo mínimo de
resolución, en los términos del artículo 20 constitucional, para evaluar el
desempeño del órgano responsable, revisar el proceso judicial y las razones del
retraso, así como emitir medidas para la rápida resolución, en caso de que la
falta sea imputable al titular del órgano responsable.
Comenzará
a operar a partir del próximo 1º de septiembre.
(Permitida
la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito
para el autor)
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
siete Diplomados, tres de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019 y
2021), Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos;
y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75
Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
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