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Sin PAN-PRI-MC, ¡todo contra la extorsión!


                                                                                 Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*

Tras acaloradas, fuertes discusiones, en prolongada sesión de más de 13 horas, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, como era de esperarse, aprobó finalmente por mayoría calificada la reforma constitucional para incorporar los delitos de extorsión y contrabando en el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa.

         Sin embargo, pese a que inicialmente existía consenso generalizado, de última hora se aprobaron   reservas del coordinador de Morena para excluir de la iniciativa el narcomenudeo y los delitos fiscales, aunque, dada su gravedad, se insistió y aprobó finalmente, por 335 votos a favor y 108 en contra, sancionar la extorsión, telefónica, via internet o también conocida como “derecho de piso”, con mayor dureza.

         La oposición PAN-PRI-MC refutó inusualmente que Morena justificara la prisión como única alternativa del derecho penal civilizado, cuando que su gobierno es respetuoso del debido proceso, de la presunción de inocencia y de los derechos humanos de las personas, aunque, en todo caso, las reformas nada tienen que ver con esos principios.

Curiosamente, parecía “olvidar” la oposición, con una serie de mentiras y difamación -sistemática, por cierto- que la prisión preventiva oficiosa inició como concepto en el sexenio panista de Felipe Calderón, en 2008, antes de lo cual se conocía como medidas de libertad condicional o sin libertad bajo fianza en Derecho Procesal Penal.

Muchos recuerdan que se aplicaba para esos delitos con término medio aritmético de más de cinco años y que siempre se aplicó desde 2017 y más a partir de 2033, pero ahora se niegan a aceptar, con insultos y sin una sola gota de autocrítica, que la prisión preventiva oficiosa la inició el PAN con Felipe Calderón en 2008.

Por cierto, con el PAN inició el catálogo de delitos graves en el artículo 19, por cierto, con apoyo del PRI, sin derecho a libertad cautelar y, obligadamente, ni siquiera con intervención del Ministerio Público, el juez tenía que aplicar, ordenar, dice el artículo 19, la prisión preventiva oficiosa.

Se tenían que juzgar como prisión preventiva oficiosa, según su catálogo, la delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos, como armas y explosivos, así como delitos graves contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

En este sentido, López Obrador presentó en 2019 cuatro delitos para que se agregaran a ese catálogo de prisión preventiva oficiosa que ya existía: Corrupción, delitos electorales, robo de hidrocarburos y delitos cometidos con violencia y con armas de uso exclusivo del Ejército.

¿Y ¿qué Usted que hizo el PAN? Agregó otros, aunque diputados de ahora olvidan que no solo defendieron que se agregaran los delitos que presentó el ex presidente, sino que agregaron otros que tenían que ver con el tema, fundamentalmente con delitos cometidos por personas físicas, como robo a casa habitación.

Y el PRI no se quedó atrás, a través de su ahora ex presidente nacional, Enrique Ochoa Reza, también agregó delitos. En total, sumaron seis a los cuatro que propuso López Obrador, y hoy vienen, en una marometa, a decir que están contra la prisión preventiva oficiosa. No, están en contra de ello, sino en contra de todo lo que Morena propone, y siempre será así.

Aunque no venía al caso, MC, que tiene tres diputados, presentó sendas mociones suspensivas, aunque sólo uno de ellos llegó por mayoría de votos y reclamaba que representan 46% del electorado, pese a que también “olvidó” que, en las elecciones de junio, sólo obtuvieron 6 millones de votos y se atreven a criticar una supuesta mayoría calificada artificial.

Cabe reiterar que, como se sabe, Morena no obtuvo mayoría calificada, ya que, con 253 votos, solo cuenta con mayoría simple, aunque logró la mayoría calificada con el PT y Verde.

Es una soberana mentira de la oposición, toda vez que esa mayoría calificada nadie la ha tenido desde la reforma de 1996. El PRI requirió del PAN, y luego el PAN del PRI, y después, nuevamente el PRI del PAN para obtenerla, aunque, por cierto, se escandalizan con las reformas a la Constitución, pese a que en el periodo de ellos hicieron 420 reformas en artículos esenciales para la sociedad, como educación, como el 27 y el 123, así como en artículos esenciales para el funcionamiento del Estado mexicano, como el 25, 26 y 28 constitucionales.

Hicieron esas modificaron y hoy, en todos sus medios de información afines, gritan que Morena es autoritaria. ¿Sabe cuántas reformas presentó Andrés Manuel en seis años a la Constitución?: 63, mientras que Calderón, con apenas 250 mil votos de diferencia, le hizo 112. Andrés Manuel, con 17 millones de votos de diferencia con el panista Ricardo Anaya, solo le hizo 63 reformas ¿dónde está el autoritarismo?

Para no salir del tema, lo único cierto es que la prisión preventiva oficiosa es una necesidad de la coyuntura, se necesita, además de quedar claro, después del 2019, con cifras del Inegi, que bajó 14.9 el homicidio doloso y feminicidio, al igual que las lesiones dolosas por disparo de arma de fuego, pero ¿sabe Ud. cuál es el único que se mantuvo al alza y eso acredita que ser delito grave con prisión preventiva oficiosa?

En efecto: La extorsión, en su modalidad de pago de piso. Es un cáncer para sociedad, empresarios, trabajadores, productores comerciantes gobiernos municipales, por lo que debe sancionarse lo más fuerte posible, aunque también mantenerse los homicidios dolosos ¿O acaso está Usted de acuerdo con lo que les hicieron a los niños de Guerrero, a algunos de los cuales les sacaron los ojos solo por vender plástico, por cambiarse de poblado a ir a vender, por necesidad? Fueron cruelmente asesinados.

Por todo eso la prisión preventiva oficiosa ha existido y debe existir. Que debe ser temporal en algunas condiciones, es cierto, aunque tiene que obedecer a la coyuntura también, y por eso, en su momento, creemos, PAN y PRI votaron a favor de la prisión preventiva oficiosa. Pero ahora están a favor de nada y contra todo, pues niegan lo que ellos mismos hicieron.

Nosotros de ninguna manera aceptaríamos que la Corte derogara lo que dispone en la Constitución en su artículo 19, respecto a la prisión preventiva oficiosa, ya que sería una invasión grosera a la soberanía del Poder Legislativo y del Poder Constituyente.

La única manera de reformar la Constitución, y lo tuvo que aceptar a regañadientes, una parte de los ministros, es siguiendo los pasos que indica el artículo 135 constitucional, no hay más.

¿Qué debería hacer la Corte? Dar alguna recomendación, pero no puede modificar ningún párrafo, ninguna fracción, ninguna palabra de la Constitución. Y, por eso, siempre se debería revisar todo lo que sea necesario para mantener la supremacía constitucional, pero respetando siempre los derechos humanos, entre ellos el proceso debido y la presunción de inocencia.

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

 

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 48 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.

Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con siete Diplomados, tres de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019 y 2021), Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias. 

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