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 ¿Obedecerá Mara “orden” de la presidencia?

                                                                                Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*

         Sin necesidad de tener que recurrir a dar una orden concreta o “aconsejar”, la presidenta Claudia Sheinbaum envió un claro mensaje a la desgobernadora -diría Carlos Cardín- Verde de Quintana Roo, Mara Lezama, con lo que es pregunta obligada la respuesta de la cuestionada mandataria en torno a un problema que persiste entre habitantes de la Zona Norte: El renombrado Aguakán.

En efecto, hace apenas unos días la mandataria federal insistió en la posición del gobierno federal en torno a esa empresa y la posibilidad de que le sea retirada la concesión del servicio de agua potable, pero, lamentablemente, hasta donde se sabe, sería nuevamente privatizado en favor de otra empresa no oficial, precisamente española, Acciona.

La “sentencia” presidencial en torno al tema se dio en el marco de abierta crítica de Claudia Sheinbaum a la aún subsistente Suprema Corte de Justicia de la Nación por no atraer el conflicto legal que sostiene el gobierno de Quintana Roo con Aguakán por esa concesión de agua potable y alcantarillado en cuatro municipios: Benito Juárez (Cancún), Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad (Playa del Carmen)

Así, la mandataria federal hizo un llamado al Juzgado de Distrito que lleva el caso, el Octavo, a priorizar el bien de la gente y el agua como derecho humano, luego de que el gobierno de Mara Joaquín ganara un amparo muy importante, el de mantener la concesión -con una módica “gratificación” que aumentó el plazo- en su habitual conferencia de prensa.

En este sentido, recordó que se trata de una privatización de hace tiempo y, como en muchas otras, particularmente en el caso del agua, se cobra, pero no se invierte, con lo que, en el caso de Aguakán, lo hace con tarifas más altas a la gente y el sistema está abandonado, con fugas que no se arreglan, cuando que, supuestamente, el objetivo de la privatización era que funcionara adecuadamente el sistema de servicio público del agua, particularmente, en Cancún.

Entonces, a pesar que no han cumplido ni funciona bien el servicio de agua potable, no reparan nada, pero se quiere seguir quedando con la concesión.

Como se sabe, Aguakán exige una millonaria suma de dinero por supuestas inversiones en infraestructura, pese a que tanto gobierno estatal como municipal han estado pidiendo regresar la concesión a lo público, para lo cual ganaron un amparo, supuestamente iba a decidir la Corte, pero ésta decidió regresarlo y no tomar una decisión.

Claudia Sheinbaum demandó que, en este proceso, los actuales jueces y los próximos, tras la elección del 1 de junio, “pongan, por encima de todo, el derecho humano al agua”, por lo que sostiene la posibilidad de que, a partir de septiembre, con una nueva Corte, “vamos a esperar que sea una que tenga por encima de todo la justicia”.

Con argumentos sobre el contrario, como se sabe, Mara Lezama ha interpuesto la supuesta existencia de una desconocida consulta, así como haber puesto en manos de la Federación la solución del problema, aunque es publica la mala trayectoria y los antecedentes de la empresa en Veracruz, a pesar de los cual la mandataria la busca imponer, por supuesto, con mucho dinerito de por medio.

Ahora bien, El derecho humano al agua es el derecho de toda persona a tener acceso a agua suficiente, salubre, aceptable, físicamente accesible y asequible para el uso personal y doméstico. En otras palabras, significa que todos tienen derecho a agua potable y a servicios de saneamiento básicos. 

El derecho humano al agua implica disponibilidad (haber suficiente agua disponible para satisfacer las necesidades básicas de la vida y el desarrollo personal, accesibilidad (ser accesible tanto física como económicamente, sin discriminación) salubridad, (ser segura y limpia, libre de contaminación y sustancias nocivas) aceptabilidad (de calidad y disponible de manera continua y regular) y asequibilidad (su costo y servicios de saneamiento no debe ser prohibitivo para la población) 

Para ese efecto, los estados (incluido, desde luego, Quintana Roo) tienen la obligación de respetar (no interferir con el acceso al agua) proteger su acceso a las personas de posibles abusos y discriminaciones) y cumplir, esto es, tomar medidas para garantizar su acceso universal y el saneamiento) 

En este sentido, en todo el país, incluido Quintana Roo, el derecho humano al agua está reconocido en la Constitución Política, en el artículo 4, párrafo, aunque también en tratados internacionales de los que México es parte. 

En torno a su importancia, el acceso al agua y al saneamiento es fundamental para la salud, dignidad y desarrollo de la gente, condición necesaria para realizar otros derechos humanos. 

Así las cosas, un juicio de amparo por mal servicio de agua potable puede ser una opción legal para los ciudadanos que se sienten afectados por la falta de suministro o la mala calidad del agua, pues este recurso legal protege los derechos constitucionales, incluyendo el derecho a un nivel de vida adecuado, que incluye acceso al agua potable.

¿Cuándo es necesario un amparo por mal servicio de agua? Sencillo, y de ello forman parte no sólo Aguakán, sino también la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA): Por falta de suministro, es decir, contar con agua potable de manera constante o suficiente para cubrir las necesidades básicas.

Otros dos motivos son la mala calidad del agua: Es decir, si el que se suministra no es potable o presenta contaminantes que ponen en riesgo la salud, y la interrupción del servicio sin causa justificada, sin haber incumplido con los pagos o sin que existan causas de fuerza mayor.

Pregunta obligada ¿Cómo se puede promover amparo por mal servicio de agua? Primero, documentar el problema, recopilar evidencia del mal servicio, como fotos, videos o informes de los organismos operadores de agua; consultar con un abogado, especializado en amparos, que pueda asesorar sobre la viabilidad de la demanda y preparar los documentos necesarios; promover el amparo ante el Tribunal de Distrito correspondiente, con información del caso, derechos constitucionales violados y fundamentos legales.

El Tribunal de Distrito analizará la demanda y, de proceder, dictará una sentencia que puede ordenar la suspensión del acto reclamado (la falta de agua potable) y la reparación de los daños causados, aunque es fundamental considerar que el proceso de amparo puede ser largo y complejo, por lo que es recomendable contar con el apoyo de un profesional legal.

El único problema sería que, de retirarle la concesión a Aguakán y no venderla a otra empresa privada, lo menos aconsejable sería devolverle el servicio a CAPA, ya que ha demostrado sumar todos los errores del mundo

¿Será que la mandataria accederá a los deseos de la propia presidenta de la República? ¡O antepondrá sus millonarios intereses económicos!

Y Usted, ¿qué cree?

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

 

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 48 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.

Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con siete Diplomados, tres de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019 y 2021), Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.

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