¿Obedecerá Mara “orden” de la presidencia?
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Sin
necesidad de tener que recurrir a dar una orden concreta o “aconsejar”, la presidenta
Claudia Sheinbaum envió un claro mensaje a la desgobernadora -diría Carlos
Cardín- Verde de Quintana Roo, Mara Lezama, con lo que es pregunta obligada la respuesta
de la cuestionada mandataria en torno a un problema que persiste entre
habitantes de la Zona Norte: El renombrado Aguakán.
En
efecto, hace apenas unos días la mandataria federal insistió en la posición del
gobierno federal en torno a esa empresa y la posibilidad de que le sea retirada
la concesión del servicio de agua potable, pero, lamentablemente, hasta donde
se sabe, sería nuevamente privatizado en favor de otra empresa no oficial,
precisamente española, Acciona.
La
“sentencia” presidencial en torno al tema se dio en el marco de abierta crítica
de Claudia Sheinbaum a la aún subsistente Suprema Corte de Justicia de la
Nación por no atraer el conflicto legal que sostiene el gobierno de Quintana
Roo con Aguakán por esa concesión de agua potable y alcantarillado en cuatro
municipios: Benito Juárez (Cancún), Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad
(Playa del Carmen)
Así,
la mandataria federal hizo un llamado al Juzgado de Distrito que lleva el caso,
el Octavo, a priorizar el bien de la gente y el agua como derecho humano, luego
de que el gobierno de Mara Joaquín ganara un amparo muy importante, el de
mantener la concesión -con una módica “gratificación” que aumentó el plazo- en
su habitual conferencia de prensa.
En
este sentido, recordó que se trata de una privatización de hace tiempo y, como
en muchas otras, particularmente en el caso del agua, se cobra, pero no se
invierte, con lo que, en el caso de Aguakán, lo hace con tarifas más altas a la
gente y el sistema está abandonado, con fugas que no se arreglan, cuando que, supuestamente,
el objetivo de la privatización era que funcionara adecuadamente el sistema de
servicio público del agua, particularmente, en Cancún.
Entonces,
a pesar que no han cumplido ni funciona bien el servicio de agua potable,
no reparan nada, pero se quiere seguir quedando con la concesión.
Como
se sabe, Aguakán exige una millonaria suma de dinero por supuestas inversiones
en infraestructura, pese a que tanto gobierno estatal como municipal han
estado pidiendo regresar la concesión a lo público, para lo cual ganaron un
amparo, supuestamente iba a decidir la Corte, pero ésta decidió regresarlo y no
tomar una decisión.
Claudia
Sheinbaum demandó que, en este proceso, los actuales jueces y los próximos,
tras la elección del 1 de junio, “pongan, por encima de todo, el derecho humano
al agua”, por lo que sostiene la posibilidad de que, a partir de septiembre,
con una nueva Corte, “vamos a esperar que sea una que tenga por encima de todo
la justicia”.
Con
argumentos sobre el contrario, como se sabe, Mara Lezama ha interpuesto la
supuesta existencia de una desconocida consulta, así como haber puesto en manos
de la Federación la solución del problema, aunque es publica la mala trayectoria
y los antecedentes de la empresa en Veracruz, a pesar de los cual la mandataria
la busca imponer, por supuesto, con mucho dinerito de por medio.
Ahora
bien, El derecho humano al agua es el derecho de toda persona a tener
acceso a agua suficiente, salubre, aceptable, físicamente accesible y asequible
para el uso personal y doméstico. En otras palabras, significa que todos
tienen derecho a agua potable y a servicios de saneamiento básicos.
El
derecho humano al agua implica disponibilidad (haber suficiente agua disponible
para satisfacer las necesidades básicas de la vida y el desarrollo personal, accesibilidad
(ser accesible tanto física como económicamente, sin discriminación) salubridad,
(ser segura y limpia, libre de contaminación y sustancias nocivas) aceptabilidad
(de calidad y disponible de manera continua y regular) y asequibilidad (su costo
y servicios de saneamiento no debe ser prohibitivo para la población)
Para
ese efecto, los estados (incluido, desde luego, Quintana Roo) tienen la
obligación de respetar (no interferir con el acceso al agua) proteger su acceso
a las personas de posibles abusos y discriminaciones) y cumplir, esto es, tomar
medidas para garantizar su acceso universal y el saneamiento)
En
este sentido, en todo el país, incluido Quintana Roo, el derecho humano al agua
está reconocido en la Constitución Política, en el artículo 4, párrafo, aunque
también en tratados internacionales de los que México es parte.
En
torno a su importancia, el acceso al agua y al saneamiento es fundamental para
la salud, dignidad y desarrollo de la gente, condición necesaria para realizar
otros derechos humanos.
Así
las cosas, un juicio de amparo por mal servicio de agua potable puede ser una
opción legal para los ciudadanos que se sienten afectados por la falta de suministro
o la mala calidad del agua, pues este recurso legal protege los derechos
constitucionales, incluyendo el derecho a un nivel de vida adecuado, que
incluye acceso al agua potable.
¿Cuándo
es necesario un amparo por mal servicio de agua? Sencillo, y de ello forman
parte no sólo Aguakán, sino también la Comisión de Agua Potable y
Alcantarillado (CAPA): Por falta de suministro, es decir, contar con agua
potable de manera constante o suficiente para cubrir las necesidades básicas.
Otros
dos motivos son la mala calidad del agua: Es decir, si el que se suministra no
es potable o presenta contaminantes que ponen en riesgo la salud, y la interrupción
del servicio sin causa justificada, sin haber incumplido con los pagos o sin
que existan causas de fuerza mayor.
Pregunta
obligada ¿Cómo se puede promover amparo por mal servicio de agua? Primero, documentar
el problema, recopilar evidencia del mal servicio, como fotos, videos o
informes de los organismos operadores de agua; consultar con un abogado, especializado
en amparos, que pueda asesorar sobre la viabilidad de la demanda y preparar los
documentos necesarios; promover el amparo ante el Tribunal de Distrito
correspondiente, con información del caso, derechos constitucionales violados y
fundamentos legales.
El
Tribunal de Distrito analizará la demanda y, de proceder, dictará una sentencia
que puede ordenar la suspensión del acto reclamado (la falta de agua potable) y
la reparación de los daños causados, aunque es fundamental considerar que el
proceso de amparo puede ser largo y complejo, por lo que es recomendable contar
con el apoyo de un profesional legal.
El
único problema sería que, de retirarle la concesión a Aguakán y no venderla a
otra empresa privada, lo menos aconsejable sería devolverle el servicio a CAPA,
ya que ha demostrado sumar todos los errores del mundo
¿Será
que la mandataria accederá a los deseos de la propia presidenta de la República?
¡O antepondrá sus millonarios intereses económicos!
Y
Usted, ¿qué cree?
(Permitida
la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito
para el autor)
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
siete Diplomados, tres de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019 y
2021), Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos;
y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75
Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
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