¿Primer funcionario morenista de OPB sancionado?
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Confirmado
con señalamientos del portal Información Sin Límite por falsear su declaración
patrimonial, el segundo regidor morenista de Othón P. Blanco, Daniel Isaí
Linares Téllez-Girón, podría ser el primer funcionario sancionado de este
“gobierno” -aunque nadie lo cree- por la Secretaría “Anticorrupción” de
Quintana Roo, a cargo de la cuestionada Reyna Arceo Vargas.
Lo
anterior, tras ponerse de manifiesto que el funcionario figura en indagatorias
formales del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas del
Tribunal de Disciplina Judicial del Estado con el expediente
PJ-TDJ-OIRA-EXP-141/2026-2 en su contra, radicado e instaurado tras denuncia del
9 de febrero y admitida a trámite este mes por responsabilidades
administrativas.
En
efecto, Linares Téllez-Girón está bajo el foco de la opinión pública, críticas
locales y escrutinio político por sus presuntas inconsistencias patrimoniales,
ya que se le cuestiona por señalamientos sobre una discrepancia entre los
ingresos que declaró y su estilo de vida, lo que genera exigencias para que el
Órgano Interno de Control revise sus declaraciones fiscales y patrimoniales.
Como
presidente de la Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Comuna, recae
sobre él la responsabilidad y lupa fiscalizadora de oposición y ciudadanía sobre
asignación de contratos, licitaciones de mantenimiento urbano, bacheo y
modernización de luminarias, por lo que cualquier
retraso o deficiencia en servicios públicos de Chetumal se señala directamente
a su gestión en esa comisión.
Los
puntos clave sobre su trayectoria y cargo actual incluyen su cargo como regidor
para el periodo 2024–2027 con la presidenta municipal, Yensunni Martínez.
Recientemente,
impulsó crear la Coordinación Municipal del Bienestar
de OPB, diseñado para sustituir antiguas estructuras de programas sociales -como
el extinto Prospera- y alinear las políticas locales de desarrollo social con
programas federales de la llamada Cuarta Transformación.
Sospechosamente, como parte de su trayectoria, en octubre de 2021, al inicio de la primera gestión de Yensunni Martínez, fungió como Secretario Particular de ésta.
La
discrepancia sobre sus declaraciones patrimoniales, es incongruencia entre los
millonarios ingresos que reportó y la falta de bienes declarados que
justifiquen o reflejen esa riqueza.
Según
investigaciones periodísticas basadas en la documentación de esas
declaraciones, los puntos específicos de la discrepancia son la millonaria suma
reportada, en cuya acumulación se detectaron más de 28.2 millones de pesos,
cuando tuvo ingresos por 6.8 millones como remuneración anual neta, cifra que
escaló hasta 21.4 millones.
Punto
central de la crítica y por el que se le cuestiona es que sus cuentas “no
cuadran”, pues, pese a manifestar ingresos de esa magnitud, declaró no poseer
bienes de valor proporcional, carecer de predios, automóviles de lujo u activos
financieros considerables que justifiquen de manera lógica o fiscal el destino
o posesión de esos recursos. Nos recordó el mismo caso del “pobre” Eugenio
“Gino” Segura.
Medios
locales acusan que estas millonarias cifras no concuerdan en absoluto con el
tabulador o su sueldo oficial, lo que derivó en exigencias para que el Órgano
Interno de Control y autoridades fiscales investigaran posible discrepancia
fiscal o presunto enriquecimiento ilícito.
En
este sentido, el expediente PJ-TDJ-OIRA-EXP-141/2026-2 es por presuntas faltas
administrativas, radicado en el Órgano de Investigación de Responsabilidades
Administrativas del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial.
Este
procedimiento deriva de una denuncia formal del 9 de febrero por correo
electrónico. El expediente se registró formalmente y el acuerdo de inicio de
investigación lo notificó por lista de estrados el 5 de agosto la actuaria
adscrita al órgano investigador.
La
legislación estatal faculta al órgano a allegarse de pruebas, realizar
diligencias y determinar si los hechos denunciados son faltas administrativas
que ameriten un Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA) o, en
su defecto, dictaminar el archivo del caso.
Según
los lineamientos del Tribunal de Disciplina Judicial, el expediente está en
etapa de investigación preliminar, por lo que los hechos aún no están
acreditados y se salvaguarda el principio de presunción de inocencia de Linares
Téllez-Girón.
Como
era de esperarse, el Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas
mantiene los detalles específicos de la denunciad bajo estricta reserva de ley por
la naturaleza preliminar del caso, aunque los señalamientos públicos y
periodísticos que motivaron las exigencias de fiscalización contra el regidor,
se centran en tres rubros principales.
El
primero de ellos, enriquecimiento oculto o no justificado, es decir, la
discrepancia financiera de más de 21 millones de pesos en sus declaraciones
patrimoniales que no coinciden con sus bienes reportados, lo que, en términos
de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se investiga posible
enriquecimiento oculto o conflicto de interés.
El
segundo, es un presunto desempeño irregular de la función pública, o sea, quejas
ligadas a su papel como presidente de la Comisión de Obras y Servicios Públicos,
y la investigación busca determinar si existió opacidad, omisiones o
favorecimiento indebido en procesos de fiscalización y dictamen de
infraestructura municipal.
Por
último, incumplimiento de obligaciones de servidores públicos, o sea, la
omisión de reportar con claridad y veracidad el origen, destino o resguardo de
los ingresos percibidos durante su encargo en el Ayuntamiento.
Al
estar radicado ante un órgano disciplinario judicial, la autoridad estatal, en
teoría, reúne pruebas para verificar si se configura una falta administrativa
grave -cohecho, desvío de recursos o enriquecimiento oculto- o no grave
(negligencia administrativa), y hasta no emitir Informe de Presunta
Responsabilidad Administrativa y un tribunal lo juzgue, estas conductas son estrictamente
presuntas faltas bajo investigación.
En
este sentido, en caso de que las autoridades confirmen la comisión de faltas
administrativas, la Ley General de Responsabilidades Administrativas clasifica
las sanciones, dependiendo de la gravedad de la conducta, como faltas administrativas
no graves o graves.
De
ser NO graves, ameritarían llamada de atención formal por escrito, suspensión
de empleo de 1 a 30 días, destitución de empleo, cargo o comisión o inhabilitación
temporal, con impedimento para trabajar en servicio público de 3 meses a 1 año.
De
ser graves, se haría acreedor a suspensión de 30 a 90 días, destitución como
regidor; sanción económica, con multas de hasta el doble de los beneficios
obtenidos o daños causados; e inhabilitación temporal estricta, impedimento
para ejercer cualquier cargo público por 1 a 10 años o de 10 a 20 años de existir
daños graves o montos elevados involucrados.
Si
durante este proceso administrativo se detecta la probable comisión de un delito
fiscal o de corrupción, el caso se turna a la Fiscalía Especializada en Combate
a la Corrupción para abrir una vía penal.
Para
mala fortuna de Linares Téllez-Girón, también hay señalamientos e
inconformidades en su contra cuando fue presidente de la Comisión de Obras y
Servicios Públicos, aunque el contexto institucional no lo vincula directamente
a un fraude personal, sino a su cargo.
Verá
Usted. Vecinos de Nicolás Bravo -una de las comunidades rurales más grandes e
importantes de OPB- manifestaron fuertes quejas por abandono de infraestructura
deportiva y comunitaria con severo deterioro de espacios públicos.
Señalaron
de forma específica que el campo deportivo local “ni gradas tiene y cuenta con
postes podridos” cuando que el funcionario es encargado de supervisar
presupuestos y ejecución de infraestructura en el municipio, por lo que le
reclaman total apatía y centralización de recursos.
Así,
la comunidad exige transparencia respecto dónde se están destinando los fondos
destinados al desarrollo rural. Sospechas y cuestionamientos apuntan a que las
comisiones del Cabildo, incluyendo la que preside Linares Téllez-Girón,
aprueban obras que no se reflejan en Nicolás Bravo ni solucionan problemas
históricos de bacheo y luminarias de la alcaldía.
Por
este motivo, sus reclamo se suman al debate público de sus opositores como
ejemplo del descuido en los servicios públicos bajo su gestión, por lo que el
descontento de la alcaldía es reclamo social, mientras el juicio administrativo
tiene origen estrictamente financiero.
La
indagatoria ante el Órgano de Investigación de Responsabilidades
Administrativas se inició a raíz de las inconsistencias detectadas en sus
declaraciones patrimoniales de Linares Téllez-Girón -la discrepancia de los más
de 21 millones de pesos- y presuntas violaciones a las obligaciones de
transparencia financiera de los servidores públicos.
Las
protestas y críticas de Nicolás Bravo corresponden a una demanda comunitaria
por abandono de infraestructura, falta de servicios básicos y exigencia de una
distribución equitativa del presupuesto rural, y aunque es su responsabilidad
política como presidente de la Comisión de Obras y Servicios Públicos atender
estos reclamos, omisiones normativas o presupuestales no forman parte del
objeto central del expediente judicial.
En
el debate Chetumal, oposición y grupos vecinales suelen sumar ambos casos para
cuestionar de manera integral el desempeño de Linares Téllez-Girón,
argumentando que, mientras sus ingresos declarados crecen drásticamente, las
comunidades rurales sufren rezago en obra pública.
Según
Información Sin Límite, Linares Téllez-Girón se desempeña como segundo regidor,
pero tan pronto lo nombró la alcaldesa Yensunni Martínez presidente de la
Comisión de Obras Públicas y Servicios comenzó a reportar millonarias ganancias
al sistema de evolución patrimonial de declaración de intereses y constancia de
declaración fiscal al Órgano Interno de Control.
En
diciembre de 2024 el subdirector del portal le entregó documentos al funcionario
con irregularidades y sobreprecios de licitaciones, donde regidores las aprobaron
a empresas fantasmas, de reciente creación e irregulares, pero una semana
después ya no quiso dar la cara hasta el 20 de agosto.
Agrega
que, en los documentos del sistema de evolución patrimonial, de declaración de
intereses y constancia de presentación de declaración fiscal 2025, Linares Téllez
Girón reportó ganancias como segundo regidor por sueldos, honorarios,
compensaciones, bonos, aguinaldos y otras prestaciones por 6.8 millones de
pesos.
Sin
embargo, entre 2025 y 2026 aseguró no poseer predios, automóviles, relojes,
televisor, ni electrodomésticos, aunque, curiosamente, en 2026 comenzó obtener ingresos
superiores a 2025: Más de 21.4 millones de pesos. En total, entre 2025 y 2026
el morenista ganó más de 28.2 millones como presidente de Obras Públicas y
Servicios.
(Permitida la copia, publicación o reproducción
total o parcial de la columna con crédito para el autor)
*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista
con más de 49 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y
jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido
como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes
municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019,
2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los
Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así
como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
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