¿Marcha atrás a “ley mordaza” presidencial?
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Poco
conocida por la población, lo único que se sabe es que la Ley en
Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, próxima de
aprobación, será una suerte de “ley mordaza” de gobierno a la ciudadanía y a los
medios de comunicación, por lo que, cuando se dio a conocer su próximo aprobación
en el Poder Legislativo, por “orden” del Ejecutivo, levantó una ola de
protestas e inconformidades.
No obstante, ante los nutridos
cuestionamientos sobre su aprobación, prevista originalmente para el lunes, la
presidenta Claudia Sheinbaum instruyó dar marcha atrás, al menos parcialmente,
para calmar los ánimos de periodistas y, principalmente, usuarios de redes
sociales, los más afectados.
La principal causa de la prisa por aprobar
la mencionada ley avanzó en el Senado, tras reciente difusión en cadena Televisa
de propaganda de un spot de Estados Unidos, lo que prohibieron los legisladores
por tratarse de una abierta injerencia de un gobierno extranjero en cuestiones
antiinmigrante.
En este sentido, ante las presiones de
internautas independientes, la mandataria se vio obligada a retroceder, al
menos por el momento, aunque, para mala fortuna de los periodistas, únicamente
en lo que se refiere a modificar un artículo de esa ley de 300 hojas, el 109, a
efecto, dijo, de abrir una consulta con representantes del sector, expertos y
el propio gobierno, a fin de mejorar su redacción y que no dejar ninguna duda sobre
la censura.
¿Y sabe Usted que dice ese artículo 109? Contenido
en el capítulo VIII de esa ley, establece que “las autoridades competentes
podrán solicitar colaborar a la Agencia de Transformación Digital y
Telecomunicaciones (ATDT) -tiene por objeto reducir el rezago tecnológico,
mejorar la relación ciudadanos-gobierno, y fomentar la inclusión digital para bloquear
temporalmente una plataforma digital-, en caso de ser procedente por
incumplimiento de disposiciones u obligaciones previstas en las normativas
aplicables”.
De
acuerdo con el texto aprobado por el Senado, la ATDT se encargará de emitir los lineamientos bajo los cuales se podrá bloquear
una plataforma digital.
Según la senadora morenista, Guadalupe Chavira
de la Rosa, advirtió que, no obstante, esa revisión no habrá marcha atrás en la
decisión de que el Estado recupere la rectoría sobre las telecomunicaciones y
la regulación de spots extranjeros con propaganda política,
ideológica o comercial con contenidos discriminatorios para los mexicanos.
Asimismo, lamentó que la iniciativa, que enmienda
errores en la llamada “ley
Televisa”, haya sido distorsionada por las mentiras de la derecha,
que ahora critica el procedimiento legislativo, pero ya se le olvidó cuando
hace veinte años la votó en menos 10 minutos en San Lázaro.
Por
su lado,
la presidenta Claudia Sheinbaum admitió haber una “confusión” en una parte de
la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión y, ante señalamientos de censura, pidió
modificar o eliminar el Artículo 109, relacionado con las plataformas
digitales.
Ese
artículo tiene que modificarse o eliminarse, ese no es el objetivo de la ley.
Si crea confusión y se piensa que es para censurar, nunca ha sido el objetivo
y, en todo caso, que se quite el artículo, se modifique su redacción, para que
quede absolutamente claro que el gobierno no censurará a nadie, menos lo que se
publique en plataformas digitales, afirmó.
Abundó
que el artículo armó escándalo tremendo, entonces quitamos ese artículo del
tema, era coadyuvante de otras instituciones de gobierno, pero si hay alguna
duda sobre censura, que se modifique su redacción, lo que dejó al Senado.
Según
ella, el exhorto para eliminar el artículo está relacionado con el SAT, aunque
la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones tendría la atribución
de bajar plataformas digitales.
Asimismo,
explicó que el tema sobre Telecomunicaciones, es una ley que viene trabajándose
hace meses, aunque recién se incorporó el artículo 109 para que gobiernos
extranjeros no puedan transmitir propaganda política, ideológica en México.
Por
último, insistió en que el artículo que tiene que ver con las plataformas
digitales. Nunca ha sido su deseo censurar a nadie, por lo que es mejor modificarlo
o eliminarlo, y recordó que con los cambios buscan que las atribuciones que
tenían los desaparecidos IFT y Cofece, las desempeñe la ATDT y otro organismo,
para evitar continuar prácticas monopólicas, de la que ahora acusan los
privados al propio Estado.
Ahora
bien, las primeras formas de telecomunicaciones, como el telégrafo y el teléfono,
utilizaban señales eléctricas para transmitir información a distancia, pero con
el avance de la tecnología, se desarrollaron métodos de telecomunicaciones más
sofisticados, como radio, TV e internet.
Así,
la Ley de Telecomunicaciones es
para promover la competencia y reducir la regulación para garantizar precios
más bajos y servicios de mayor calidad para consumidores de telecomunicaciones
estadounidenses y fomentar un rápido desarrollo de nuevas tecnologías de
telecomunicaciones.
En
este sentido, el artículo 6 de la Constitución dice que las telecomunicaciones son
servicios públicos de interés general, por lo que el Estado
garantizará en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura
universal, interconexión, convergencia, acceso libre y continuidad.
Mientras
tanto, el Senado se preparaba para aprobar con rapidez la propuesta de la nueva Ley, que modifica el marco normativo sobre el
espectro radioeléctrico y recursos satelitales, y restablece la prohibición de
transmitir propaganda extranjera en medios electrónicos.
Lo
cierto es que la ley crearía la Agencia de Transformación Digital con carácter
de secretaría de Estado y asumiría todas las funciones, atribuciones recursos y
procedimientos en curso del desaparecido Instituto Federal de
Telecomunicaciones.
En
ese nuevo marco jurídico se restablece la prohibición a los medios de
comunicación de transmitir propaganda extranjera, curiosamente eliminada de la
legislación durante el sexenio de Peña Nieto.
Entre
otros, el artículo 210 señala: Los concesionarios que presten el servicio de
radiodifusión, televisión o audio restringidos en el país no podrán transmitir
propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo de gobiernos o
entidades extranjeras, con excepción de la promoción turística o cultural. Asimismo,
vetaba a las plataformas digitales cuyos contenidos estuvieran disponibles en
territorio nacional, así como a sus programadores y operadores de señales.
Los
concesionarios que incumplieran la norma serían multados con entre 2 y 5% de
sus ingresos por la Secretaría de Gobernación, pues no se permitirá que gobiernos
extranjeros utilicen los medios de comunicación nacionales para influir en los
asuntos internos del país.
Su
exposición de motivos aclara que la gestión del espectro radioeléctrico, como
bien de dominio de la nación, se convirtió en prioridad de la agenda pública,
que se administrará bajo criterios de interés de la nación.
Establece
una regulación jurídica con concesiones únicas para uso comercial, público,
privado y social, hasta por 30 años, otorgables de manera directa o por
subasta, a fin de ingresar al mercado más agentes económicos, aunque, paralelamente,
la Agencia asignaría concesiones al Ejecutivo federal para proveer servicios
públicos de radiodifusión y dar cobertura universal contra la brecha digital.
Inclusive,
se le podrían asignar directamente concesiones comerciales para llevar a cabo
servicio de Internet de banda ancha a las regiones recónditas de la nación y zonas
vulnerables que carecen de esa tecnología.
El
acceso a Internet de banda ancha y a las tecnologías de información y
comunicación no debe ser privilegio, sino derecho fundamental para todos, por
lo que nadie debe quedar en desventaja en la era digital por falta de acceso a
estos servicios esenciales, observa la presidenta Sheinbaum.
Respecto
a los concesionarios, contemplaba un nuevo esquema de sanciones económicas, de
0.01 a 0.75% de los ingresos de los sujetos regulados, incluso en casos de
cláusulas abiertas o tipos administrativos no especificados, en tanto incluía causales
de revocación de permisos, como el incumplimiento del Plan de Remplazo de Recursos
Orbitales.
Por
su lado, el artículo 18 transitorio de la nueva legislación establece que se
respetarán licencias y autorizaciones vigentes, pero contemplaría la transición
de títulos habilitantes antes de 2014 al nuevo régimen legal, aunque se prevé
requisar vías de comunicación también para casos de seguridad nacional.
Hasta
antes de la nueva instrucción de la mandataria y con el tiempo encima, las
comisiones de Radio, Televisión y Cinematografía, de Comunicaciones y de
Estudios Legislativos, que presiden morenistas, debían presentar el lunes el
dictamen para su discusión y aprobación.
(Permitida
la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito
para el autor)
*Luis
Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 48 años de experiencia como
reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de
comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores
y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos
pendiente de publicar.
Comentarios
Publicar un comentario