Alcalde de Tulum, ¡con la soga en el cuello!
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Después de más de tres años como alcalde de Tulum -desde
marzo de 20223-, por la muerte de su antecesor Marciano Dzul Caamal, el “Verde”
Diego Castañón Trejo inculpa ahora a éste por la polémica en torno al
Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) del municipio, que lo tiene al
borde de ser destituido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Y
es que, en efecto, el tema alcanzó su punto más crítico porque la Corte emitió
un ultimátum, amenazándolo con destitución, multas y consignación a un juez por
desacato judicial al retrasar emitir este reglamento, los que prometió presentar
hoy a más tardar de manera abierta con avances técnicos y calendario detallado
de conclusión.
Como
antecedente de 2021, esa administración autorizó y publicó un Programa
Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano
Sustentable (PMOTEDUS), que permitía cambios de uso de suelo que arriesgaban la
sustentabilidad ambiental de la región.
Ante
eso, la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) promovió la Controversia
Constitucional 68/2021, donde enunció que el municipio invadió competencias
federales y violó el derecho a un medio ambiente sano y logró que la Corte
suspendiera el programa.
Sin
embargo, el Ayuntamiento difirió injustificadamente crear y aprobar un nuevo
POEL para regular la explosión urbana de Tulum de forma compatible con la
ecología.
La
falta de esta regulación provocó amparos de organizaciones civiles, como
Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), por proliferar obras y
complejos de lujo sin Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), afectando el
frágil ecosistema de cenotes, selva y playas de Tulum.
Ante
la advertencia de destitución, Diego Castañón argumenta mantener comunicación
constante con la Corte y seguir proceso para consolidar el POEL de manera
coordinada con Semarnat y autoridades estatales, aunque la presión judicial es
inmediata y se agota el tiempo límite para su publicación legal.
A
todo esto, el argumento político e institucional de Castañón Trejo, aliado y
consentido de la gobernadora Verde, Mara Lezama, es deslindarse de culpa
directa y señalar que la polémica es por un problema heredado.
Así,
ante el ultimátum, sus argumentos son herencia de administraciones pasadas, cumplimiento
“en tiempo y forma”, y comunicación abierta con el Poder Judicial.
Insiste
en que la Controversia Constitucional se inició por errores y excesos del trienio
anterior, cuando él aún no gobernaba y calificó la cobertura informativa sobre
su posible destitución como “tendenciosa”, argumentando que los medios presentan el
problema como desacato deliberado de su gestión, cuando que se resuelve un
rezago histórico.
Asegura
que atiende los requerimientos de la SCJN puntualmente y niega incumplimiento o
evasión, mientras su defensa política resalta que emitir un POEL legalmente
robusto requiere labor conjunta y coordinada con Gobierno del Estado y Semarnat, un proceso que toma tiempo concretar
adecuadamente.
También
dice mantener comunicación y mesas de trabajo permanentes con la SCJN para
transparentar avances, remitir informes y demostrar voluntad política para
acatar la sentencia ambiental de manera definitiva.
Con
todo, no sería la primera ocasión que un alcalde en México es advertido o
sancionado con destitución por la Corte, pues existe un historial importante de
ellos que, incluso, han perdido el cargo por desacatar sentencias judiciales.
El
mecanismo que lo presiona es facultad constitucional que la SCJN ha ejercido en
los Estados cuando sus autoridades ignoran amparos, deudas laborales (laudos) o
sentencias ambientales y, a lo largo de los años, aplicó separación del cargo y
consignación penal de forma contundente.
Ejemplos
notorios son Paraíso, Tabasco (2018); Coacalco, Estado de México (2018); Tlacotepec
de Mejía, Veracruz (2018); Emiliano Zapata, Morelos (2014), en este último, a
Carlos Eduardo Martínez Varela, por incumplir el pago de una sentencia
relacionada con derechos de trabajadores.
No
obstante, aunque a nivel nacional hay antecedentes, en la historia de Quintana
Roo es sumamente inusual que la SCJN emita ultimátum tan directo y agresivo por
ordenamiento ecológico y desarrollo urbano, pues, generalmente, las
destituciones son por laudos y, el caso de Tulum, destaca porque la amenaza es
por devastación ambiental y omisión regulatoria territorial.
La
lista inicial de 26 desarrollos inmobiliarios que carecen de dictámenes,
constancias, licencias o autorizaciones para comercializarse de forma regular y
que dieron a conocer la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
y el Ayuntamiento de Tulum, suman otros macroproyectos bajo investigación.
Los
nombres comerciales principales de los desarrollos boletinados son: Macroproyectos
recién boletinados, Ocean Tulum (Alerta del 6 de agosto por carecer de autorizaciones estatales y
municipales básicas), Mayab Tulum, Trobbu Tulum y MAIIM, ubicado en Tankah
Tres, bajo orden federal de demolición por invasión ecológica.
Los detectados sin permisos oficiales son Luna
Sanctuary, Santuario Uh May, Uxcan Tulum Bamboo Villas Haciendas Cobá, Viventum,
Nova Tulum, Maia Holistic Community, Selvadentro, Akun-Arunte-Emana, Tulum
Cenote Gardens, Oken-Ilik Ha-Selvarum, Ulumi-Rosela Tulum-Trebola, Bosque Tulum,
Cosmos-Zool-Xeelenja y Nero-Iktan-Cibelia-528 Tulum.
La
destitución de Castañón Trejo sería inmediata de no solventar el emplazamiento,
y la SCJN dictamina que persiste un desacato injustificado, con un mecanismo
constitucional y plazos estimados para concretar el escenario que se divide en varias
etapas.
Primero,
según el Artículo 107 constitucional -aplicable al desacato de sentencias del
máximo tribunal-, el procedimiento es directo y no requiere juicio político
previo en el Congreso del Estado, ya que se requirió formalmente al municipio
los nombres, cargos y datos de contacto de todos los funcionarios involucrados
en el retraso del POEL.
Si
la SCJN determina que las respuestas son evasivas o se excluyó de nuevo a la Semarnat del proceso, votará incidente de
inejecución de sentencia. Al aprobarse la orden de separación y consignación, la
Corte emite un decreto definitivo que separa inmediatamente del cargo a
Castañón Trejo y funcionarios responsables.
El
caso se turna de forma automática a un Juez de Distrito o al Ministerio Público
Federal para que el entonces ex alcalde enfrente juicio penal por desacato.
Sobre
el “cuándo”, la Corte ya emitió ultimátum y requirió información, y la Comuna
está al límite del plazo legal para entregar detalles, calendario de
promulgación y acreditar participación de autoridades federales ambientales.
El
alcalde recién anunció que presentará informe público y calendario de
conclusión del POEL, tras lo cual los ministros de la Corte evaluarán si
constituyen un avance real o solo una medida para ganar tiempo.
Si
califica insuficientes argumentoso o calendario propuesto se vuelve a
incumplir, la destitución podría votarse formalmente antes de concluir el actual
periodo de sesiones del Poder Judicial, es decir, antes del 15 de diciembre
Sin
embargo, Castañón Trejo tiene como límite esta semana, mediados de agosto, para
presentar informe y el calendario que destrabe la emisión del POEL, según sus
propias declaraciones.
También
deberá identificar formalmente a los funcionarios encargados de ejecutar el
fallo y remitir evidencias documentales que demuestren que no están evadiendo
la sentencia judicial de forma voluntaria.
Sobre
el plazo perentorio, la SCJN, según se difundió el 4 de agosto, los otorga para
que la Comuna responda al requerimiento de información antes de activar las
sanciones por desacato. De rebasar el periodo sin acreditar avances coordinados
con la Semarnat, el expediente de inejecución continuará directo
en el pleno hacia destitución o severas multas.
Y
es que la cantidad exacta de desarrollos inmobiliarios de lujo que operan bajo
irregularidades o carecen de permisos ambientales federales varía de acuerdo
con censos de autoridades y denuncias de ambientalistas, aunque la “lista negra”
refiere entre 26 y 29 mega-desarrollos.
La
Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable mantiene registro
actualizado que identifica casi 30 grandes proyectos inmobiliarios
comercializándose en Tulum sin permisos de uso de suelo, licencias municipales
o autorizaciones ambientales.
Recientemente,
autoridades municipales y estatales clausuraron o suspendieron 18 desarrollos
inmobiliarios por violaciones directas a los reglamentos de construcción
vigentes.
No
obstante, investigaciones civiles documentan que los últimos trienios emitieron
2,493 licencias de construcción, muchas de ellas con ordenamientos obsoletos o
reglamentos ilegales -como el suspendido PMOTEDUS de 2021-, lo que permitió
autorizar complejos residenciales millonarios en zonas de conservación sin
exigirles la MIA federal.
Organizaciones
como DMAS llevaron a jueces federales proyectos específicos de alto impacto
económico para exigir revocar permisos locales de la Dirección de Desarrollo
Urbano de Tulum, como Proyecto Maiim -Bahía Solimán-, complejo de 30
departamentos de súper lujo en la costa, cuyas licencias expedidas en 2022 las
anuló un juez, que ordenó su demolición total por invadir áreas de anidación de
tortugas marinas y carecer de MIA federal.
Otro
más es Condominio Adamar -Tankah IV-, edificio residencial de 7 niveles y 16
departamentos exclusivos asegurado penalmente por la Fiscalía de Quintana Roo y
la Profepa por el mismo patrón: Construir ilegalmente con permisos municipales
irregulares.
Ante
esto, la SCJN exigió documentos oficiales para comprobar que se acata su
sentencia, como pruebas de coordinación con Semarnat, pues la sentencia
original de la controversia mandata que el nuevo plan ecológico no puede hacerlo
el municipio de manera aislada.
En
este sentido, exige minutas e informes de trabajo, documentos firmados que
comprueben la participación activa y conjunta con la Semarnat y comprobantes
donde las autoridades federales ambientales revisan y avalan los criterios
ecológicos propuestos para Tulum.
Asimismo,
exige cronograma de emisión y publicación, identificación de funcionarios responsables,
y resoluciones de negación de permisos (por amparos paralelos) vinculado al
desorden inmobiliario y recursos que promovió DMAS, por lo que pide constar que
la Dirección de Desarrollo Urbano emite revocaciones de licencias que
demuestren que se están negando o cancelando permisos de construcción a
desarrollos de lujo sin MIA.
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019,
2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los
Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así
como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
Información
completa sobre el currículum vitae, en este link:
https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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