Ir al contenido principal
En primera fila
                           ¡Fondo y forma en protestas!
                                                           Por Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Fechado el 10 de abril en Morelia Michoacán una nota de Excelsior informó que por lo menos una docena de estudiantes normalistas resultaron lesionados tras el embate de una camioneta. Como información, no pasaría de ser más de ser un accidente vial más en el país, pero la peculiaridad del caso es que los afectados realizaban una manifestación.
Pero, continuemos con el reporte: “Los manifestantes, armados con palos y piedras, se plantaron en las vías del tren, a la altura de Tiripetío, para impedir el paso a automovilistas… a la par, instalaron cerca de siete autobuses de los 19 que mantenían secuestrados en las instalaciones de su escuela, más un camión de transporte comercial”.
¡Caray!, nos preguntamos, ¿Y esta es la libertad de expresión que exigen los que se autocalifican defensores de los derechos humanos? El automovilista de nuestra historia rompió el bloqueo vial de los normalistas y, luego de enfrentarlos a golpes, los arrolló con el vehículo.
Sus voceros (de los estudiantes) advirtieron que no detendrían las “presión”, como bloqueos y secuestro de camiones, “ya no queremos mesa de diálogo, queremos ya lo que es una respuesta positiva... ellos saben sobre las problemáticas”, aseguró Diana Laura Vásquez, su vocera.
Inevitablemente nos vino a la memoria el caso del magisterio de Quintana Roo, cuando los inconformes amenazaban con más medidas de presión, mientras un grupo, una y otra vez, negociaba con el Gobierno del Estado, términos que los “verdaderos” líderes descalificaban después. Claro, la consigna era otra. 
En Michoacán, suponemos que los escolapios calificaron de pillo y mal mexicano al chofer por no respetar “su” libertad de expresión, pero, volvemos a preguntarnos, ¿será que ellos tienen derecho a bloquear libremente el acceso que se les antoje? ¿Acaso no es un delito el cierre de las vías de comunicación? ¿Acaso pueden negarle al chofer ejercer su derecho de libre tránsito?
Señores, cualquiera tiene el derecho de exigir respetar sus derechos, según consigna la Carta Magna, siempre y cuando, por sentido común -y para cualquiera con un gramo de inteligencia-, evite afectar derechos de terceros. “Tu derecho termina donde comienza el mío”, decimos, aunque también aplica “mi derecho llega hasta el límite de no perjudicar el de mi prójimo", o bien “no hagas lo que no te gustaría que te hicieran”.
Para ese efecto, para nadie debería resultar “indignante” regular lo que bien podríamos denominar “reglas de juego”, sin ventaja para ninguna de las partes, esto es ni manifestantes ni autoridades, sino la sociedad, esa que nada tiene que ver con los problemas políticos, pero que, al final de cuentas, es la que realmente resulta afectada.
Estamos ciertos de la constitucionalidad de la libertad de expresión, la misma que ampara al periodismo, aunque el propio sistema jurídico impone límites en ataques a la moral, el derecho de terceros y cuando provoque algún delito o perturbe el orden público, por lo que el Artículo 6 de la Constitución abunda que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa.
Una de las excepciones, el ataque a la moral, lo define la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como “alteración profunda de una persona en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien, en la consideración que de sí misma tienen los demás, producida por un hecho ilícito”.
En este sentido, para que se produzca el daño se requiere afectación de la persona en cualesquiera de los bienes que tutela el artículo 1916 del Código Civil, que esa afectación sea consecuencia de un hecho ilícito, y una relación causa-efecto entre ambos acontecimientos.
Respecto a los derechos de tercero, se refiere a los derechos de los no involucrados directamente en algún asunto y que, sin embargo resultan perjudicados, mientras que “provoque algún delito”, ésta es la conducta, acción u omisión típica y antijurídica descrita por la ley, es decir, contraria al Derecho y culpable, a la que corresponde una sanción.
Finalmente, “perturbe el orden público”, según la SCJN, es un conjunto de principios e instituciones fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico, aunque en jurisprudencia estableció que ataques al orden y paz pública son toda manifestación o exposición maliciosa pública, por medio de discursos, gritos, cantos, amenazas, manuscritos, impresos, dibujo, litografía, cine, grabado o de cualquier otra manera, con objeto de desprestigiar, ridiculizar o destruir las instituciones fundamentales del país.
¿Acaso no todo ello es lo que existe en las violentas manifestaciones de todo el país, con lo que no han hecho más que poner a prueba la paciencia y tolerancia de las autoridades? Luego entonces, seguimos sin entender por qué esgrimen una supuesta anticonstitucionalidad estar en contra de sus movilizaciones.
En el caso del PRD es lógica su postura de apoyo, como hacen las autoridades emanadas de su partido en el DF, a las que poco importan las miles de molestias y daños al comercio, peatones, automovilistas y orden social, ya que la protesta “hasta por la lluvia” es semilla que han sembrado por todo el país y, desde luego, actuar en contra sería tanto como escupir hacia arriba, contra sus “principios”, por llamarle de algún modo.
Y no es ser priístas, pero también la dirigencia del PAN en Quintana Roo la “regó” tremendamente con su postura, ya que no es lógico rechazar movilizaciones en el DF -incluso con iniciativas de ley-, pero apoyar las de su Estado. ¿Es que los quintanarroenses somos afectados de “segunda”?
Hasta hoy, la única medida inteligente sobre la Ley de Ordenamiento Social fue evitar su publicación, pero sólo para su análisis, ya que, ¡Caray!, ¿de qué cabeza salieron las ideas de solicitar permiso para manifestarse o de prohibir insultos? Dicen que de la Consejería Jurídica, donde se quisieron pasar de inteligentes y ahora quieren componer las cosas por olvidar algo fundamental: El cuidado de las “formas”.
La verdad es que a nadie nos gustaría comentar un accidente como el de Morelia, pero, la verdad, la gente está cansada de tanta prepotencia, disque “amparada” por la ley. Cuando no son maestros, son taxistas ¿Quiénes serán los próximos? Se vale manifestarse, pero cuidando formas que, según el maestro Jesús Reyes Heroles, son “fondo”.

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con la cita del nombre de su autor)

*Luis Angel Cabañas Basulto, periodista yucateco avecindado en Chetumal, Quintana Roo, con más de 36 años de trayectoria como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de diversos medios de información, también ha fungido como Jefe de Información de dos ex gobernadores y tres presidentes municipales, y publicado tres libros.


luancaba2003@hotmail.com                          elquintanarroense@hotmail.com                              leg_na2003@yahoo.com.mx                      http://facebook.com/luisangel.cabanas            luisangel.cabanas@facebook.com                                luancaba.qroo@gmail.com                                                                 @legna2003                                                          http://luisangelqroo.blogspot.mx/

Comentarios

Entradas populares de este blog

Mara y Raciel, ¡otra vez vinculados al narco!                                                                                  Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO* Cinco disparos a la cabeza acabaron con la vida de un canadiense en Playa del Carmen, Quintana Roo, Mathieu Bélanger, miembro de la pandilla trasnacional “Los Hell Angels”, su representante ante los menores, que dinamitaron el Cártel de Sinaloa. De esta manera relata hechos de diciembre el portal Newsweek en español -titulado “Las mafias de Quintana Roo”- en la ejecución en plaza Xaman Ha Center, según la OFAC, parte de listas nacionales especialmente designados y personas bloqueadas de conformidad con la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico y el Reglamento de Sanciones a los Cabecillas Extranjeros del ...
¿Modificarán la Constitución por un tabasqueño?                                                                                  Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*          C onforme a la Suprema Corte Justicia, la acción de Inconstitucionalidad 74/2008, revive la fracción I del artículo 80 de la Constitución de Quintana Roo, según Decreto 293, y queda así, entre otros: “Para ser Gobernador del Estado se requiere: I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de la entidad, o con residencia efectiva no menor de diez años inmediatos al día de la elección”. Así las cosas, para el tema que nos ocupa, la mejor decisión que podría adoptar Morena en Quintana Roo para enfrentar al candidato de l...
¡Sorprenden casos de “devastación Borge”!                                                                                  Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO* Redes sociales obligan a recordar a tres grises personajes involucrados en la vida política de Quintana Roo, uno de ellos el ex gobernador Roberto Borge, preso desde el 4 de junio de 2017, por diversos delitos, el más grave el manejo irregular de terrenos patrimonio del Estado, que difundieron de forma profusa, aunque INCOMPLETA, muchos medios de información. Otro nombre es de la hasta hoy libre Claudia Romanillos Villanueva, ex directora del desaparecido IPAE, sobre quien nos referimos ampliamente el 16 de agosto último como “Reaparece ex funcionaria de Borge desapar...