¡Nuevo escándalo Chihuahua-Gobierno Federal!
Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Aunque
no se supo desde un principio, el gobierno de Maru Campos en Chihuahua se vio
envuelto en nuevo, magno escándalo internacional, al trascender que sostenía un
acuerdo ilegal en materia hídrica con Israel, público socio público de Estados
Unidos, pero sin contar con registro ante la Secretaría de Relaciones
Exteriores.
Ilegal
desde un principio por carecer del Dictamen de Procedencia obligatorio de esa Secretaría,
así como del posterior registro federal, el ilícito acuerdo lo firmaron originalmente
el 2 de marzo de 2023 el director ejecutivo de la Junta Central de Agua y
Saneamiento (JCAS), Mario Mata Carrasco, y el entonces embajador de Israel en
México, Zvi Tal.
Hasta
ahora, el ilegal tratado Chihuahua-Israel trascendió públicamente por haber
modificado el gobierno de Maru Campos de manera unilateral un convenio de
cooperación hídrica con ese país sin reportarlo ni registrarlo ante Relaciones
Exteriores (SRE)
No
obstante, aunque la JCAS de Chihuahua no hubiera modificado el texto del convenio
a espaldas de la Federación, la simple firma de cualquier convenio
internacional sin cumplir con los pasos estrictos que marca la ley mexicana lo
convierte en un instrumento jurídicamente inválido.
De
acuerdo con la Ley sobre la Celebración de Tratados de México, los estados no
tienen soberanía para conducir política exterior de forma independiente. Para
que un “Acuerdo Interinstitucional” -como el celebrado con Israel- sea legal,
debe cumplir requisitos obligatorios que el gobierno de Chihuahua ignoró.
Primero,
sometimiento previo a la SER, por lo que, antes de firmar cualquier documento
con un gobierno u organismo extranjero, las dependencias estatales están
obligadas a enviar el proyecto a la Consultoría Jurídica de la Secretaría.
Segundo,
la SRE debe emitir un dictamen que determine si el estado tiene la facultad
legal para firmar eso y si el acuerdo no contradice la política exterior de
México o los tratados ya existentes. Chihuahua firmó el convenio de forma
directa y publicitaria desde hace tres años.
Tercero,
su inscripción en el Registro Nacional: Una vez firmado, el acuerdo debe
inscribirse formalmente en el Registro de Acuerdos Interinstitucionales de la SER,
pero. La Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Amexcid
confirmó que dicho registro nunca existió.
Como
consecuencias jurídicas, al operar completamente fuera del marco de la Ley
sobre la Celebración de Tratados, los efectos de este convenio son muy claros,
la principal es su invalidez ante la Federación, el convenio es jurídicamente
inexistente para el Estado Mexicano.
Sobre
responsabilidad exclusiva, el artículo de lineamientos de la SRE estipula que,
si un gobierno local firma un acuerdo internacional sin el dictamen federal, la
dependencia local (en este caso la JCAS) es la única responsable de las
obligaciones financieras y legales contraídas. El Estado mexicano no respalda
el proyecto ni sus consecuencias jurídicas.
El
cambio secreto del texto agravó el problema político y social, pero el pecado
constitucional y legal de origen ya se había cometido desde su firma en 2023.
Por
cierto, la modificación unilateral del convenio de cooperación hídrica con
Israel, la evidenció públicamente el colectivo civil “Salvemos los Cerros de
Chihuahua”, tras obtener documentos oficiales mediante la Plataforma Nacional
de Transparencia.
La
JCAS, dirigida por Mario Mata, alteró de forma sustancial el proyecto original
del "Plan de Cooperación" con la Agencia Israelí de Cooperación
Internacional para el Desarrollo. La SRE emitió el oficio DEP-0147/23 señalando
que el documento final difería por completo de lo dictaminado originalmente por
su Consultoría Jurídica.
Por
su parte, la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo y
la SRE confirmaron de manera oficial que no existe ningún convenio registrado
vigente entre Chihuahua e Israel, lo que significa que el acuerdo opera al
margen de los controles de la política exterior mexicana.
En
violación a la Ley sobre la Celebración de Tratados, la legislación mexicana
obliga a cualquier entidad u organismo descentralizado a informar y registrar
todos los acuerdos interinstitucionales internacionales ante la SRE. Al evadir
el trámite, el instrumento legal carece de validez federal formal.
El
plan de cooperación modificado contempla una vigencia extendida hasta 2027. Los
activistas denunciaron que este modelo de gestión hídrica internacional se
maneja con opacidad y promueve esquemas que podrían favorecer la
sobreexplotación del agua en una región desértica.
Ante
estas irregularidades y la presunta vulneración a la soberanía nacional,
colectivos civiles anunciaron medidas legales y quejas ante la Comisión Estatal
de los Derechos Humanos, pues sostienen que los recursos estratégicos como el
agua no deben gestionarse mediante acuerdos internacionales ocultos a la
Federación.
Ahora
bien, las sanciones aplicables a los funcionarios involucrados en la firma y
modificación de este acuerdo ilegal se fundamentan principalmente en la Ley
General de Responsabilidades Administrativas, ya que, violar la Ley sobre la
Celebración de Tratados implica un ejercicio indebido de las funciones
públicas.
Debido
a que el convenio compromete recursos públicos y carece de validez federal, las
posibles consecuencias legales se dividen en tres vertientes: Sanciones
administrativas por faltas graves, sanciones por faltas no graves y posibles
responsabilidades penales.
En
el primer caso, de confirmarse que la firma del acuerdo derivó en un desvío de
recursos, un beneficio indebido o un abuso de funciones -actuar fuera de su
competencia constitucional-, el Tribunal de Justicia Administrativa puede
imponer destitución inmediata del puesto o cargo público, inhabilitación
temporal para trabajar en el sector público -de uno a 20 años-o sanciones
económicas equivalentes a daños y perjuicios a la hacienda de Chihuahua.
En
el segundo caso, se las investigaciones determinan que el acto fue una omisión
de los procedimientos de control por negligencia o descuido institucional, la
Secretaría de la Función Pública de Chihuahua u Órganos Internos de Control podrían
aplicar amonestación pública o privada y suspensión del empleo, cargo o
comisión (de 1 a 30 días)
Finalmente,
dado que el agua es un recurso de la nación regulado por el Artículo 27 de la
Constitución, los colectivos ciudadanos advierten que saltarse los canales de
la SRE para pactar con un gobierno extranjero podría encuadrar en delitos del
orden federal o estatal, como abuso de autoridad por otorgar facultades o
celebrar contratos de forma internacional sin atribución jurídica.
Por
ser organismo descentralizado del Estado, el Congreso de Chihuahua o la
Auditoría Superior del Estado tienen la facultad de auditar las cuentas de la
JCAS para cuantificar si se pagaron asesorías o tecnología a Israel bajo este
esquema ilegal, lo que aceleraría los procesos sancionatorios.
Conforme
a los colectivos ciudadanos las operaciones financieras estimadas en torno a
este convenio ilegal rondan los 70 millones de pesos, que representan uno de
los puntos centrales de la indignación civil, ya que los activistas afirman que
los recursos públicos de Chihuahua se están canalizando de forma opaca hacia
consultorías, proyectos técnicos y la adquisición de tecnologías bajo un marco
jurídico inválido.
De
acuerdo con la información obtenida a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia y expuesta por colectivos como Salvemos los Cerros de Chihuahua,
el dinero público se comprometió en estudios técnicos y diagnósticos hídricos:
Pagos millonarios para elaborar planes de manejo que, según los denunciantes,
se mantuvieron bajo estricta secrecía institucional.
Asimismo,
se asignaron recursos hídricos locales bajo el esquema del “supernegocio” de la
privatización encubierta y transferencia tecnológica de corporaciones
internacionales. El propio Mario Mata defendió las adquisiciones de sistemas
avanzados para la red hídrica, reconociendo el uso de plataformas e insumos de
origen israelí financiados con el presupuesto del organismo.
Por
su parte, la JCAS señala que Chihuahua atraviesa una fuerte crisis de sequía y
sobreexplotación, y que las autoridades justifican el gasto argumentando que
Israel es líder mundial en la materia -recicla hasta 85% de sus aguas
residuales- y que la compra de tecnología es indispensable para la seguridad
hídrica, independientemente de los trámites con la federación.
Sin
embargo, defensores de los derechos humanos y ambientales insisten en que
ninguna crisis justifica violar la Constitución ni gastar dinero público en
convenios ocultos que carecen de validez legal.
Titulado
como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con
nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019,
2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los
Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así
como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias.
Información
completa sobre el currículum vitae, en este link:
https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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