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 ¡Nuevo escándalo Chihuahua-Gobierno Federal!

                                                                                 Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*

Aunque no se supo desde un principio, el gobierno de Maru Campos en Chihuahua se vio envuelto en nuevo, magno escándalo internacional, al trascender que sostenía un acuerdo ilegal en materia hídrica con Israel, público socio público de Estados Unidos, pero sin contar con registro ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Ilegal desde un principio por carecer del Dictamen de Procedencia obligatorio de esa Secretaría, así como del posterior registro federal, el ilícito acuerdo lo firmaron originalmente el 2 de marzo de 2023 el director ejecutivo de la Junta Central de Agua y Saneamiento (JCAS), Mario Mata Carrasco, y el entonces embajador de Israel en México, Zvi Tal.

Hasta ahora, el ilegal tratado Chihuahua-Israel trascendió públicamente por haber modificado el gobierno de Maru Campos de manera unilateral un convenio de cooperación hídrica con ese país sin reportarlo ni registrarlo ante Relaciones Exteriores (SRE)

No obstante, aunque la JCAS de Chihuahua no hubiera modificado el texto del convenio a espaldas de la Federación, la simple firma de cualquier convenio internacional sin cumplir con los pasos estrictos que marca la ley mexicana lo convierte en un instrumento jurídicamente inválido.

De acuerdo con la Ley sobre la Celebración de Tratados de México, los estados no tienen soberanía para conducir política exterior de forma independiente. Para que un “Acuerdo Interinstitucional” -como el celebrado con Israel- sea legal, debe cumplir requisitos obligatorios que el gobierno de Chihuahua ignoró.

Primero, sometimiento previo a la SER, por lo que, antes de firmar cualquier documento con un gobierno u organismo extranjero, las dependencias estatales están obligadas a enviar el proyecto a la Consultoría Jurídica de la Secretaría.

Segundo, la SRE debe emitir un dictamen que determine si el estado tiene la facultad legal para firmar eso y si el acuerdo no contradice la política exterior de México o los tratados ya existentes. Chihuahua firmó el convenio de forma directa y publicitaria desde hace tres años.

Tercero, su inscripción en el Registro Nacional: Una vez firmado, el acuerdo debe inscribirse formalmente en el Registro de Acuerdos Interinstitucionales de la SER, pero. La Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Amexcid confirmó que dicho registro nunca existió.

Como consecuencias jurídicas, al operar completamente fuera del marco de la Ley sobre la Celebración de Tratados, los efectos de este convenio son muy claros, la principal es su invalidez ante la Federación, el convenio es jurídicamente inexistente para el Estado Mexicano.

Sobre responsabilidad exclusiva, el artículo de lineamientos de la SRE estipula que, si un gobierno local firma un acuerdo internacional sin el dictamen federal, la dependencia local (en este caso la JCAS) es la única responsable de las obligaciones financieras y legales contraídas. El Estado mexicano no respalda el proyecto ni sus consecuencias jurídicas.

El cambio secreto del texto agravó el problema político y social, pero el pecado constitucional y legal de origen ya se había cometido desde su firma en 2023.

Por cierto, la modificación unilateral del convenio de cooperación hídrica con Israel, la evidenció públicamente el colectivo civil “Salvemos los Cerros de Chihuahua”, tras obtener documentos oficiales mediante la Plataforma Nacional de Transparencia.

La JCAS, dirigida por Mario Mata, alteró de forma sustancial el proyecto original del "Plan de Cooperación" con la Agencia Israelí de Cooperación Internacional para el Desarrollo. La SRE emitió el oficio DEP-0147/23 señalando que el documento final difería por completo de lo dictaminado originalmente por su Consultoría Jurídica.

Por su parte, la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la SRE confirmaron de manera oficial que no existe ningún convenio registrado vigente entre Chihuahua e Israel, lo que significa que el acuerdo opera al margen de los controles de la política exterior mexicana.

En violación a la Ley sobre la Celebración de Tratados, la legislación mexicana obliga a cualquier entidad u organismo descentralizado a informar y registrar todos los acuerdos interinstitucionales internacionales ante la SRE. Al evadir el trámite, el instrumento legal carece de validez federal formal.

El plan de cooperación modificado contempla una vigencia extendida hasta 2027. Los activistas denunciaron que este modelo de gestión hídrica internacional se maneja con opacidad y promueve esquemas que podrían favorecer la sobreexplotación del agua en una región desértica.

Ante estas irregularidades y la presunta vulneración a la soberanía nacional, colectivos civiles anunciaron medidas legales y quejas ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, pues sostienen que los recursos estratégicos como el agua no deben gestionarse mediante acuerdos internacionales ocultos a la Federación.

Ahora bien, las sanciones aplicables a los funcionarios involucrados en la firma y modificación de este acuerdo ilegal se fundamentan principalmente en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ya que, violar la Ley sobre la Celebración de Tratados implica un ejercicio indebido de las funciones públicas.

Debido a que el convenio compromete recursos públicos y carece de validez federal, las posibles consecuencias legales se dividen en tres vertientes: Sanciones administrativas por faltas graves, sanciones por faltas no graves y posibles responsabilidades penales.

En el primer caso, de confirmarse que la firma del acuerdo derivó en un desvío de recursos, un beneficio indebido o un abuso de funciones -actuar fuera de su competencia constitucional-, el Tribunal de Justicia Administrativa puede imponer destitución inmediata del puesto o cargo público, inhabilitación temporal para trabajar en el sector público -de uno a 20 años-o sanciones económicas equivalentes a daños y perjuicios a la hacienda de Chihuahua.

En el segundo caso, se las investigaciones determinan que el acto fue una omisión de los procedimientos de control por negligencia o descuido institucional, la Secretaría de la Función Pública de Chihuahua u Órganos Internos de Control podrían aplicar amonestación pública o privada y suspensión del empleo, cargo o comisión (de 1 a 30 días)

Finalmente, dado que el agua es un recurso de la nación regulado por el Artículo 27 de la Constitución, los colectivos ciudadanos advierten que saltarse los canales de la SRE para pactar con un gobierno extranjero podría encuadrar en delitos del orden federal o estatal, como abuso de autoridad por otorgar facultades o celebrar contratos de forma internacional sin atribución jurídica.

Por ser organismo descentralizado del Estado, el Congreso de Chihuahua o la Auditoría Superior del Estado tienen la facultad de auditar las cuentas de la JCAS para cuantificar si se pagaron asesorías o tecnología a Israel bajo este esquema ilegal, lo que aceleraría los procesos sancionatorios.

Conforme a los colectivos ciudadanos las operaciones financieras estimadas en torno a este convenio ilegal rondan los 70 millones de pesos, que representan uno de los puntos centrales de la indignación civil, ya que los activistas afirman que los recursos públicos de Chihuahua se están canalizando de forma opaca hacia consultorías, proyectos técnicos y la adquisición de tecnologías bajo un marco jurídico inválido.

De acuerdo con la información obtenida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y expuesta por colectivos como Salvemos los Cerros de Chihuahua, el dinero público se comprometió en estudios técnicos y diagnósticos hídricos: Pagos millonarios para elaborar planes de manejo que, según los denunciantes, se mantuvieron bajo estricta secrecía institucional.

Asimismo, se asignaron recursos hídricos locales bajo el esquema del “supernegocio” de la privatización encubierta y transferencia tecnológica de corporaciones internacionales. El propio Mario Mata defendió las adquisiciones de sistemas avanzados para la red hídrica, reconociendo el uso de plataformas e insumos de origen israelí financiados con el presupuesto del organismo.

Por su parte, la JCAS señala que Chihuahua atraviesa una fuerte crisis de sequía y sobreexplotación, y que las autoridades justifican el gasto argumentando que Israel es líder mundial en la materia -recicla hasta 85% de sus aguas residuales- y que la compra de tecnología es indispensable para la seguridad hídrica, independientemente de los trámites con la federación.

Sin embargo, defensores de los derechos humanos y ambientales insisten en que ninguna crisis justifica violar la Constitución ni gastar dinero público en convenios ocultos que carecen de validez legal.

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

 

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 49 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.

Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019, 2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias. 

Información completa sobre el currículum vitae, en este link:

https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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