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Abogado vs “defensa” de la cuestionada Fiscalía

                                                                                          Por Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO

En un nuevo escándalo que involucra al consentido de la gobernadora Verde Mara Lezama, el Fiscal General de Quintana Roo, Raciel López, sostiene un conflicto legal con el Lic. Germán Felipe Ramírez Villegas con dos frentes principales, uno donde el profesionista actúa como defensa de su padre, Felipe Ramírez González, y otro donde es investigado.

Ramírez Villegas es asesor jurídico de su padre en una disputa contra la Agencia de Proyectos Estratégicos del Gobierno del Estado (AGEPRO), de la que es titular Carlos Flores Hidalgo -relevó a José Alberto Alonso Ovando-, a la que acusa de despojo y fraude procesal por la invasión de un predio en Tulum, que su familia poseía desde 1986.

Para ese efecto, interpuso amparos por omisión o retraso de la Fiscalía en avanzar con las denuncias contra esa dependencia, por lo que, en 2023, un juez federal ordenó a la Fiscalía responder de inmediato a sus requerimientos.

En octubre de 2025, se registraron otros amparos indirectos (Expediente 90/2025), donde Ramírez Villegas figura como asesor jurídico por despojo y, paralelamente tramitó amparos para protegerse de acciones de la Fiscalía.

Resulta que, tras un cateo a su despacho en 2019, se amparó contra el aseguramiento de documentos notariales, alegando que la Fiscalía mantenía los datos bajo “discreción absoluta”, sin permitir una defensa adecuada, y promovió amparos indirectos (como el 388/2020-A-2) en el Juzgado Primero de Distrito para evitar actos detenciones derivadas de carpetas por despojo y daños al patrimonio municipal.

Entre sus recursos legales más recientes, Ramírez Villegas argumentó que la Fiscalía violó sistemáticamente su Derecho de Petición, consagrado en el Artículo 8° Constitucional, como silencio administrativo, donde sostiene que Raciel López ignora múltiples escritos donde solicita copias certificadas de las carpetas de investigación o acceso a expedientes donde se le menciona, lo que impide ejercer su derecho de defensa.

Así, alega falta de respuesta en “breve término”, ya que, dice ante los juzgados federales, que la autoridad ministerial no emitió acuerdo escrito en plazo razonable como es obligación constitucional cuando un ciudadano hace una solicitud de manera pacífica y respetuosa.

Habla de obstaculización en el tema de AGEPRO, específicamente en la disputa contra ella, pues la Fiscalía “congela” sus peticiones para favorecer a la contraparte estatal, lo que derivó en promover el Amparo 90/2025 por falta de respuesta a sus solicitudes de diligencias, estrategia que le permitió suspensión con jueces federales que obligan a la Fiscalía a responder formalmente, retrasando posibles órdenes de captura o cierres de investigación en su contra.

En los expedientes más recientes de 2025, emitió pronunciamientos clave el Juez Séptimo de Distrito, que analizó la violación al derecho de petición en el marco de sus defensas frente a la Fiscalía y los avances más relevantes en sus expedientes de este año son:

Admisión del Amparo 90/2025, toda vez que, en octubre de 2025, inició un amparo indirecto (Cuadernillo 90/2025) ante la Novena Sala Especializada en Materia Penal, donde Ramírez Villegas figura como asesor jurídico particular, en un recurso con el que busca combatir la inacción de la Fiscalía en carpetas de despojo.

En casos previos vinculados, como el Amparo 537/2024, se han denunciado falsedades en los informes justificados de la autoridad, pues Ramírez Villegas argumenta que la Fiscalía mintió sobre las fechas de recepción de sus solicitudes para evadir la acusación de no responder en el “breve término” que exige la ley.

Respecto a los efectos de la Protección, aunque muchos de estos juicios están en etapa de cumplimiento, la tendencia de las sentencias ha sido obligar a la Fiscalía a emitir un acuerdo formal sobre las peticiones del abogado, lo que no significa que ésta le dé la razón en el fondo del asunto (despojo), pero sí la fuerza a desbloquear el expediente y reconocer sus solicitudes de copias y diligencias.

En relación con el estatus del conflicto con AGEPRO, en el expediente 146/2023 se cuestiona que la Fiscalía no ha cumplido con resoluciones de apelación previas, lo que ha llevado a Ramírez Villegas a solicitar incidentes de incumplimiento de sentencia para presionar por la entrega de predios en disputa.

Lo cierto es que Ramírez Villegas no es el denunciante, sino el sujeto de diversas quejas y acusaciones legales relacionadas con presuntos actos de corrupción y fraude en Quintana Roo, por quejas presentadas principalmente ante la Dirección de Notarías del Estado.

Entre los señalamientos en su contra, se le acusa, junto a su padre Ramírez González de utilizar su despacho jurídico en Tulum para coludirse con particulares y apoderarse ilegalmente de bienes inmuebles mediante contratos notariales presuntamente falsos.

En este sentido, ha sido señalado por autoridades municipales de administraciones pasadas por destruir infraestructura pública -como el camellón central de la entrada a la Zona Arqueológica de Tulum- para favorecer proyectos privados.

Su despacho fue objeto de cateos por parte de la Fiscalía en relación con carpetas de investigación por fraude y uso indebido de patentes notariales, y en algunos casos mediáticos, su padre ha manifestado quejas públicas contra la Agencia de Proyectos Estratégicos por la presunta pérdida ilegal de la posesión de un predio en Tulum.

Uno de los amparos promovidos por Ramírez Villegas contra la Fiscalía se centra principalmente en impugnar las actuaciones de las autoridades ministeriales relacionadas con las investigaciones en su contra por presunto despojo y fraude.

Los puntos clave de sus recursos legales incluyen, actos privativos de la libertad, con lo que, como muchos otros implicados en procesos penales similares en la región, ha buscado la protección de la justicia federal mediante amparo indirecto (como el expediente 388/2020-A-2 en Solidaridad) para evitar órdenes de aprehensión o comparecencia derivadas de investigaciones por despojo de tierras en Tulum.

Sobre irregularidades en el proceso, cuestiona la competencia de diversas fiscalías, por ejemplo, ha señalado que el traslado de expedientes de la Fiscalía a la Fiscalía Anticorrupción fue con “alevosía y ventaja” para perjudicar la defensa de su padre y la suya en la disputa por predios ante la AGEPRO.

Tras el cateo a su despacho jurídico en 2019, cuando se aseguraron documentos notariales, interpuso recursos para invalidar esas diligencias, alegando violación de garantías constitucionales y que la información obtenida es parte de datos reservados de su práctica profesional.

Recientemente, actuó como asesor jurídico solicitando pronunciamientos sobre el incumplimiento de sentencias firmes en tocas penales (como el 146/2023), buscando que la autoridad judicial obligue a la Fiscalía a actuar conforme a resoluciones previas que favorecerían su posición legal.

Con todo, los tribunales han recurrido a medidas de apremio para obligar a la Fiscalía y otras autoridades de Quintana Roo a responder a las peticiones de Ramírez Villegas, especialmente en el contexto de sus defensas por despojo y daños al patrimonio.

Sobre estas medidas, en el Expediente 90/2025 de la Novena Sala Especializada, el juez federal emitió requerimientos bajo apercibimiento de multas económicas si la autoridad responsable (el Ministerio Público) persiste en su omisión de tramitar las solicitudes de diligencias de la defensa.

En el Toca Penal 146/2023 -por el delito de daños-, Ramírez Villegas ha logrado que se admitan recursos de apelación y quejas ante la falta de cumplimiento de sentencias previas. El Artículo 192 de la Ley de Amparo establece que, ante el retraso, el juzgador debe imponer multas y, en casos extremos, remitir el expediente para la destitución y consignación de los funcionarios omisos.

Asimismo, se ha detectado que, para evitar las multas, algunas autoridades ministeriales han presentado informes justificativos con fechas presuntamente alteradas, ante lo cual la defensa promovió denuncias de falsedad en juicio de amparo, lo que podría escalar a sanciones penales para los agentes del Ministerio Público involucrados.

Aunque las multas suelen ser el primer paso -el equivalente a días de salario mínimo-, el objetivo real de Ramírez Villegas es forzar el acceso a las carpetas de investigación para desvirtuar las acusaciones de despojo que pesan sobre él y su padre, o para avanzar en sus propias denuncias contra la AGEPRO.

¿A quién le apuesta Usted? ¿Al cuestionado chiapaneco? O al Abogado

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

 

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 49 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.

Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019, 2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias. 

Información completa sobre el currículum vitae, en este link:

https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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