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EE.UU., ¡ante “fichas rojas” de la Interpol!

                                                                                 Lic. Luis A. CABAÑAS BASULTO*

La presidenta Claudia Sheinbaum confirmó que existe una “ficha roja” de la Interpol contra el gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, así como contra los otros ocho funcionarios y ex funcionarios señalados por autoridades de Estados Unidos por presuntos vínculos con el narcotráfico.

         Ahora bien, ¿Qué es la Interpol? Es la Organización Internacional de Policía Criminal, la mayor organización de policía internacional del mundo, diseñada para que los cuerpos de seguridad de sus 196 países miembros colaboren en el combate del crimen transnacional, y su sede central es Lyon, Francia.

A diferencia de las películas, no es una agencia de policía con agentes propios que arrestan personas en las calles, sino opera como red de comunicación y base de datos segura que asiste a las policías locales de cada país, a través de Oficinas Centrales Nacionales en cada miembro como punto de contacto único entre policía local y el resto del mundo.

A través de un Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, cuenta con bases de datos compartidas que permiten consultar en tiempo real registros de huellas dactilares, perfiles de ADN, pasaportes robados y vehículos buscados.

Con una red de comunicación segura, sus miembros se conectan mediante sistema encriptado para intercambiar pistas criminales de forma inmediata que concentra esfuerzos en cuatro amenazas globales, la primero de ellas terrorismo, en prevención de atentados y rastreo de redes de financiamiento ilegal.

Las siguientes son combate a los hackeos transnacionales, estafas en línea y delitos informáticos; delincuencia organizada, con persecución de redes de narcotráfico, trata de personas y contrabando de armas; y finalmente, seguimiento de “lavado” de activos y fraudes a gran escala.

La Interpol es mundialmente famosa por sus notificaciones “de colores”, que emite a solicitud de sus miembros para alertar a policías de todo el mundo, la más importante de ellas la “notificación roja”, para localizar y detener provisionalmente a una persona con miras a su extradición. También existen las “amarillas” -para personas desaparecidas- y “azules” (para recopilar información de sospechosos)

Respecto a la roja -notificación o alerta- es una solicitud internacional dirigida a policías de todo el mundo para localizar y detener provisionalmente a una persona, en espera de su extradición o acción judicial similar. Contra el mito popular, no es una orden de arresto internacional y no obliga a ningún país a detener al sospechoso; cada miembro decide de forma soberana qué valor legal otorga en sus fronteras.

Los datos de esa notificación, incluyen identificación precisa, con nombre, alias, fecha de nacimiento, nacionalidad, fotos, huellas dactilares y descripción física del fugitivo; información del delito, detalla el crimen por el cual se le busca, que debe ser común grave, como homicidio, robo o fraude.

Sobre su validez legal, aunque la emite la Interpol, siempre la respalda una orden de aprehensión válida del juez del país que la solicita a través de la policía o el poder judicial del miembro que la pide a través de su Oficina Central Nacional.

Además, un grupo de expertos verifica que cumpla estrictamente la solicitud con el estatuto de la organización y, de ser aprobada, se envía la notificación a los terminales policiales de los 196 países miembros.

Sin embargo, conforme a su artículo 3, tiene estrictamente prohibido intervenir o emitir notificaciones rojas por asuntos de carácter político, militar, religioso o racial. Si un país intenta usar esa alerta para perseguir a un opositor político o un disidente, la organización rechaza o cancela la solicitud para garantizar su neutralidad.

¿A qué viene todo esto? Muy sencillo: Estados Unidos influye de manera significativa en la Interpol, consolidándose como su miembro más poderoso por su financiamiento masivo y liderazgo tecnológico. Su Oficina Central Nacional -en Washington-, operada por los Departamentos de Justicia y de Seguridad Nacional, gestiona uno de los flujos de información criminal más grandes del mundo.

A pesar de que cada uno de los miembros tiene un voto idéntico en la Asamblea General, el peso real de EE.UU. se distribuye en tres frentes clave, el principal, como mayor contribuyente financiero, pues aporta el límite máximo permitido por los estatutos de la organización, pagando cerca de 20% del presupuesto de contribuciones estatutarias, que lo convierte, por amplio margen, en el mayor financista individual del organismo.

Como aportes voluntarios, financia programas de alta prioridad para Washington, como operaciones globales contra el terrorismo, contrabando de material nuclear y desmantelamiento de redes de ciberdelincuencia.

En control de datos e inteligencia global, las agencias de seguridad estadounidenses -FBI, DEA y Homeland Security- alimentan en forma constante los sistemas de la Interpol, comparten registros cruciales de terroristas internacionales, fugitivos de cárteles de la droga y delincuentes financieros.

Sobre personal clave, mantiene funcionarios federales destacados -en comisión de servicio- directamente en la Secretaría General de Lyon, Francia, lo que les permite influir en la dirección técnica de las investigaciones globales.

Sobre combate al abuso de alertas, supuestamente, EE.UU. y sus aliados democráticos ejercen fuerte presión política e institucional para evitar que regímenes autocráticos utilicen notificaciones rojas como herramientas de persecución política contra disidentes exiliados, mientras su respaldo político y financiero es determinante por cabildear la elección de directivos clave, incluyendo al Secretario General y Comité Ejecutivo.

Ahora bien, la Interpol no emite fichas rojas contra gobiernos o entidades porque su Constitución prohíbe estrictamente intervenir en asuntos de carácter político o militar, y porque sus alertas solo se aplican a personas individuales por delitos comunes, jamás contra gobiernos enteros.

Entre sus razones legales y operativas, no persigue a “gobiernos”: Sus notificaciones rojas están diseñadas exclusivamente para localizar a individuos específicos en calidad de fugitivos por delitos del derecho común -como homicidio o “lavado” de dinero-, y un gobierno, Estado o institución pública no pueden ser objeto de una alerta de captura de la Interpol.

Respecto al público caso de Donald Trump y el rechazo a Irán, éste solicitó formalmente a la Interpol una notificación roja contra el presidente de EE.UU. por el ataque con drones que abatió al general iraní Qasem Soleimani.

La organización rechazó de inmediato la solicitud con fundamento en su Artículo 3, que prohíbe de forma taxativa cualquier intervención en asuntos de índole política o militar, por lo que, al tratarse de una acción militar ordenada por un jefe de Estado, determinó no tener competencia jurídica para intervenir.

En torno a los conflictos armados de los cuestionados gobiernos de Israel y Ucrania, su argumento es la falta de competencia sobre la guerra: Las acciones bélicas, decisiones de política exterior o estrategias de defensa de los gobiernos de esos países están en categoría de asuntos militares y geopolíticos internacionales.

Para que la Interpol acepte un caso que mezcle política y crimen, el delito común supuestamente debe ser abrumadoramente mayor -y este es el caso de Israel en Palestina-, aunque pretexta que los actos cometidos por fuerzas armadas estatales durante un conflicto bélico abierto quedan excluidos de su base de datos, ya que el componente militar y político es el que predomina.

En este sentido, acusaciones sobre crímenes de guerra o violaciones al derecho internacional no corresponden a la Interpol, sino a áreas de justicia como la Corte Penal Internacional o la Corte Internacional de Justicia, y aunque la primera emita órdenes de arresto contra líderes políticos, la Interpol evalúa de forma independiente difundir si una alerta viola su principio constitucional de estricta neutralidad.

Respecto al caso de los políticos mexicanos “fichados” por la Interpol, Claudia Sheinbaum dijo que esas alertas se activaron a partir de órdenes de aprehensión del gobierno de EE.UU., por lo que, en caso de que los implicados salgan de México, podrían ser detenidos mediante mecanismos de colaboración internacional de Interpol.

Hay una orden de aprehensión de EE.UU., lo que hace alertar fichas rojas -llamadas-, por parte de la Interpol. Entonces, eso es del Gobierno de Estados Unidos. Si ellos llegaran a salir de México, otros países, a partir de la alerta roja, pudieran detenerlos, apuntó.

Además de Rubén Rocha, la ficha roja incluye a Enrique Inzunza Cázarez, senador y ex secretario general de Sinaloa; Dámaso Castro Zaavedra, vicefiscal del Estado; Marco Antonio Almanza Avilés, ex jefe de la Policía de Investigación; Alberto Jorge Contreras Núñez (a) “Cholo”; José Antonio Dionisio Hipólito (a) “Tornado”; Juan de Dios Gámez Mendívil, alcalde de Culiacán, y Juan Valenzuela Millán (a) “Juanito”

Entre los señalados también se incluyen Gerardo Mérida Sánchez, ex secretario de Seguridad Pública, y Enrique Díaz Vega, ex secretario de Administración y Finanzas de Sinaloa, quienes ya se entregaron a EE.UU.

Sobre el paradero de los acusados y que presuntamente no se han entregado, Claudia Sheinbaum dijo que corresponde a EE.UU. hacer su propia investigación, sin ninguna obligación legal del gobierno mexicano de mantener vigilancia especial sobre los señalados mientras permanezcan en el país.

Agregó que algunos señalados cuentan con mecanismos de protección por riesgo de vida, que sólo se activan a petición de las personas que lo soliciten ante las autoridades correspondientes, y que esta protección no es automática, pues cada solicitud debe evaluarse para determinar si existen condiciones de riesgo que la justifiquen.

¿Ahora se entiende quién presionó a la Interpol a emitir las “fichas rojas”?

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con crédito para el autor)

 

*Luis Ángel Cabañas Basulto es un periodista con más de 49 años de experiencia como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de varios medios de comunicación, además de haber fungido como jefe de información de dos ex gobernadores y tres ex presidentes municipales, y escribir cinco libros, uno de ellos pendiente de publicar.

Titulado como Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Yucatán, cuenta con nueve Diplomados, cuatro de ellos en materia de Juicio de Amparo (2017, 2019, 2021 y 2025) y cinco de Derechos Humanos y Sistema Acusatorio; La Familia y los Derechos Humanos; y Acceso a la Justicia en Materia de Derechos Humanos, así como con más de 75 Seminarios, Talleres, Cursos y Conferencias. 

Información completa sobre el currículum vitae, en este link:

https://luisangelqroo.blogspot.com/2025/08/dividido-en-los-capitulos-de-formacion.html

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