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En primera fila
                “A río revuelto…”
                                     Por Luis A. CABAÑAS BASULTO*
Amparados en que las movilizaciones por la desaparición de los 43 normalistas de Iguala ocupan los principales espacios periodísticos y la mayoría de los noticieros, no pocas dependencias han optado por permanecer prácticamente inertes al escándalo o tratado de pasar inadvertidos a los ojos de los mexicanos.
Este es precisamente el caso de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) que, a casi 4 meses del derrame de contaminantes en el Río Sonora, calificados como “peor desastre ambiental en la industria minera del país de los tiempos modernos”, y a dos meses de que su titular, David Korenfeld Federman, compareciera ante la Cámara de Diputados, mantiene un silencio sepulcral.
 Y es que, en teoría, el funcionario se presentó el 29 de septiembre para ahondar sobre el II Informe de Gobierno, y pese a sus múltiples respuestas, en el sentido de que se había avanzado en infraestructura en todos sus rubros, sin embargo, en materia del cuidado del agua y su contaminación pareciera que no ha podido hacer nada.
En efecto, la contaminación del Río Sonora y su afluente del Río Bacanuchi, una de las mayores tragedias ambientales relacionadas con la contaminación de cuerpos de agua en México, no fue un caso excepcional ni aislado, sino sólo un botón de muestra de la sistemática violación al derecho humano de acceso y saneamiento de las aguas, en la que empresas mineras incurren en todo el país, con la complacencia y complicidad de la Conagua.
Desgraciadamente, la contaminación del Sonora es tan sólo preludio apocalíptico de lo que ocurrirá con la intensificación y extensificación de la técnica de fractura hidráulica “fracking” para la extracción de gas, misma que aprobó el Congreso de la Unión con ocasión de la siempre cuestionable Reforma Energética.
La contaminación de los cuerpos de agua no es sólo un asunto de vigilancia e inspección ambiental, cuya responsabilidad también recae en la Procuraduría de Protección al Ambiente (Profepa), sino de la emisión efectiva de actos de autoridad relacionados con las aguas nacionales, cuya facultad exclusiva recae en la Conagua.
En este sentido, la pregunta obligada es ¿por qué se niega a cumplir con lo dispuesto la Fracción IV del artículo 29 de la Ley de Aguas Nacionales y revoca las concesiones otorgadas a nombre de Buenavista del Cobre Minera de Cananea, Sonora?
Esto, con independencia de la forma legal o ilegal, regular o irregular en que se otorgaron esas concesiones, inclusive, independientemente de que cuente o no con algún permiso de descarga, en referencia específica a las fracciones IX y X del citado artículo, en torno al daño a los ecosistemas y a la descarga de sustancias tóxicas como causas de revocación inmediata.
Tenemos la impresión de que la Conagua no quiere dar mal ejemplo del cumplimiento a la ley, ya que, de aplicarse de manera efectiva, no afectaría sólo a esas empresas, sino también a las mineras de San Luis Potosí, Zacatecas, Chihuahua o Durango, y afectaría no sólo a “Grupo México”, sino también a empresas propiedad de Carlos Slim, Grupo Peñoles o aquéllas de capital extranjera, fundamentalmente canadienses.
Este “mal ejemplo” de cumplir la ley también generaría temor en empresas que, como el propio “Grupo México”, pretenden extraer gas de esquisto, mejor conocido como “Shale gas”, cuya futura explotación y la explotación minera contemporánea, tienen dos factores comunes, primero la contaminación del agua, y segundo que la extracción de ésta ocurre en zonas de escasa disponibilidad, donde su explotación está restringida y vedada.
Es ahí donde los funcionarios de Conagua encuentran su propia mina de oro, otorgando o renovando concesiones donde la ley y los decretos lo impiden, y para existen 10 concesiones, nueve de ellas para uso industrial, a favor de Compañía México, Minera Cananea o Buenavista del Cobre, la última otorgada el 5 de septiembre del 2013, pese a que Korenfeld Federman mencionó que sólo había dos, una de ellas cedida al municipio.
La mayor extensión de acuíferos están protegidos por decreto de veda de tipo 2, es decir que los casos previstos con posibilidad de concesionar sus aguas es sólo para uso doméstico, por ejemplo en los aprovechamientos mineros de Zacatecas, San Luis Potosí, Durango, Chihuahua, Guerrero, Baja California Sur y Coahuila.
Cierto que la mayoría de las concesiones se otorgaron y renovaron en administraciones anteriores, pero la Conagua está plenamente facultada para revocarlas, ya que ni siquiera cuentan con permisos de descarga, aunque en el caso de Cananea es una razón social extinta y no es organismo operador ni entidad municipal o paramunicipal de servicio público y abastecimiento de agua.
Testimonios fieles confirman que los 1.7 millones de metros cúbicos de agua concesionados anualmente no son para viviendas, sino una burda simulación. Con razón Korenfeld Federman asegura que, como en la minería, el “fracking” no competirá con los usos domésticos y que no se quitará agua a una ciudad o para alimentos, ya que a este tipo de empresas le otorgan títulos para usos públicos urbanos o domésticos para burlar la ley.
Con justa razón el diputado perredista Pedro Porras Pérez preguntaba al funcionario si se pretende implementar este tipo de simulación para seguir beneficiando a grandes consorcios de la industria minera y de extracción de hidrocarburos, y si estaría dispuesto a iniciar un programa de revisión de las concesiones a las industrias mineroextractivas?
No lo creemos. Es más fácil seguir con el “río revuelto”

(Permitida la copia, publicación o reproducción total o parcial de la columna con la cita del nombre de su autor)

*Luis Angel Cabañas Basulto, periodista yucateco avecindado en Chetumal, Quintana Roo, con más de 36 años de trayectoria como reportero, jefe de información, editor y jefe de redacción de diversos medios de información, también ha fungido como Jefe de Información de dos ex gobernadores y tres presidentes municipales, y publicado tres libros.


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